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CIRCULAR EXTERNA 17 de 2013

Descripciones de las mercancías en los registros y licencias de importación - se deroga la Circular 036 de 2012

Tipo
CIRCULAR EXTERNA
Número
17
Año
2013
Entidad
MINISTERIO DE COMERCIO INDUSTRIA Y TURISMO
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Para su conocimiento y aplicación, de manera atenta se informa que en las solicitudes de registro y de licencia de importación, la descripción de las mercancías seguirá realizándose conforme a lo establecido en el artículo 6° del Decreto 3803 de 2006 y en el artículo 11 de la Resolución 1512 de 2007.

El artículo 11 de la Resolución 1512 de 2007 dispone: "En las solicitudes de registro y de licencia de importación, además de la transcripción del texto correspondiente al Arancel de Aduanas, deberán describirse los bienes o mercancías en forma tal que su identificación sea clara, precisa e inequívoca, anotando por consiguiente características tales como nombre comercial, nombre técnico, o científico, marca, modelo, tamaño, materiales de construcción y demás características técnicas y el uso".

Las descripciones mínimas de las mercancías objeto de importación indicadas en la Resolución 0025 de 2013 y en las normas que la aclaren, modifiquen o adicionen no se deben exigir para las solicitudes de registro y de licencia de importación.

La presente circular deroga la Circular 036 del 10 de agosto de 2012.

Cordial saludo, Luis Fernando Fuentes Ibarra.

(C. F.).

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