DECRETO 2020 de 1992
por el cual se integra el Consejo Nacional Laboral.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 2020
- Año
- 1992
- Entidad
- MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades legales y en especial de las que le confiere el artículo 4ş de la Ley 54 de 1987,
DECRETA:
Artículo 1.
ş Integráse el Consejo Nacional Laboral de la siguiente manera:
a) En representación del Gobierno Nacional:
1. El Ministro de Trabajo y Seguridad Social o su delegado, quien lo preside.
2. El Ministro de Hacienda y Crédito Público o su delegado.
3. El Ministro de Desarrollo Económico o su delegado.
4. El Ministro de Agricultura o su delegado.
5. El Jefe del Departamento Nacional de Planeación o su delegado.
b) En representación de los trabajadores:
Los seńores: Orlando Obregón, Luis Eduardo Garzón, Apecides Alviz, Mario de J. Valderrama y Rafael Gómez Quiroga como principales; como suplentes los seńores Luis Alejandro Pedraza, Gustavo Osorio, Luis Miguel Morantes, Cérvulo Bautista y José Cindo Forero. c) En representación de los empleadores particulares:
Los seńores: César González Muńoz, Germán Bula Escobar, Carlos Arturo Angel, Juana María Unda y Sabas Pretelt de la Vega, como principales y como suplentes los seńores Rafael Acosta Alarcón, Felipe Ortiz Caviedes, Jairo Escobar Padrón, Augusto del Valle E. y Diego Mauricio Bejarano Artículo 2ş Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 15 de diciembre de 1992.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO El Ministro de Trabajo y Seguridad Social, Luis Fernando Ramirez Acuńa.
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