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DECRETO 2007 de 1995

por medio del cual se suprimen y se crean unos cargos y se hace un nombramiento en el servicio exterior.

Tipo
DECRETO
Número
2007
Año
1995
Entidad
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la Repśblica de Colombia, en uso de las facultades constitucionales y legales y en especial de las que le confieren los numerales 2ŗ y 14 del artķculo 189 de la Constitución Polķtica y en desarrollo del Decreto-ley 10 de 1992,

DECRETA:

Artķculo 1 ŗ. Suprķmese en el Consulado General Central de Colombia en Miami, Estados Unido de América, el cargo de Agregado Comercial, actualmente vacante.

Artķculo 2 ŗ. Créase en el Consulado General Central de Colombia en Miami, Estados Unidos de América, un cargo de Agregado Comercial, con categorķa de Cónsul de Primera Clase, y nómbrase para desempeńarlo a Rafael Emilio Infante, identificado con la cédula de ciudadanķa nśmero 4971325 de Santa Marta.

Artķculo 3 ŗ. El Agregado Comercial con categorķa de Cónsul de Primera Clase, en el Consulado General Central de Colombia en Miami, Estados Unidos de América, realizarį las siguientes funciones:

1ŗ Es el Representante del Gobierno Colombiano para la promoción de las exportaciones del paķs, en ausencia del Director de la Oficina.

2ŗ Dar o conseguir información comercial para la promoción de las exportaciones; ofrecer a los exportadores servicios de información comercial y de apoyo en el mercado de sus productos, organizar o participar en ferias y misiones comerciales y, en general, adelantar todas aquellas actividades que decida Proexport Colombia para el apoyo de la actividad exportadora.

3ŗ Hacer las gestiones y diligencias, ante las autoridades del paķs respectivo, que sean necesarias para la promoción de las exportaciones colombianas.

4ŗ Apoyar a las embajadas colombianas con información, para todo lo relativo a la gestión o cumplimiento de tratados comerciales.

5ŗ Realizar actos y contratos, por cuenta del fideicomiso y para promover las exportaciones colombianas, dentro de los términos en los cuales la Junta Asesora los autorice. Tales contratos se sujetarįn al régimen aplicable en ese paķs a los contratos de particulares, si tal régimen lo permite.

Artķculo 4 ŗ. Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente Decreto, se pagarįn con cargo a los recursos del Fideicomiso de Promoción de Exportaciones "Proexport Colombia".

Artķculo 5 ŗ. Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publķquese, comunķquese y cśmplase.

Dado en Santafé de Bogotį, D.C., a 16 de noviembre de 1995.

ERNESTO SAMPER PIZANO El Ministro de Relaciones Exteriores, Rodrigo Pardo Garcķa-Peńa.

El Ministro de Comercio Exterior, Daniel Mazuera Gómez.

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