DECRETO 1986 de 2013
por el cual se modifica la planta de personal del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 1986
- Año
- 2013
- Entidad
- MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, presentó el estudio técnico del que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 228 del Decreto-ley 019 de 2012, y los artículos 95 a 97 del Decreto número 1227 de 2005 para efectos de modificar su planta de personal, el cual obtuvo concepto técnico favorable del Departamento Administrativo de la Función Pública;
Que para los fines de este decreto, la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público otorgó viabilidad presupuestal,
DECRETA:
Artículo 1°.
Créanse en la planta de personal del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, los siguientes empleos: N° Cargos
Denominación del Cargo Código Grado DESPACHO DEL MINISTRO 1 (Uno) Asesor 1020 07 1 (Uno) Profesional Especializado 2028 17 1 (Uno) Profesional Especializado 2028 16 DESPACHO DEL VICEMINISTRO DE DESARROLLO RURAL 1 (Uno) Viceministro 0020 2 (Dos) Profesional Especializado 2028 17 PLANTA GLOBAL 2 (Dos) Jefe de Oficina 0137 21 1 (Uno) Jefe Oficina Asesora de Planeación 1045 16 2 (Dos) Profesional Especializado 2028 21 1 (Uno) Profesional Especializado 2028 18 1 (Uno) Profesional Especializado 2028 17 2 (Dos) Profesional Especializado 2028 16 2 (Dos) Profesional Especializado 2028 15 3 (Tres) Profesional Especializado 2028 14 5 (Cinco) Profesional Especializado 2028 13 2 (Dos) Profesional Especializado 2028 12 4 (Cuatro) Profesional Universitario 2044 11 2 (Dos) Profesional Universitario 2044 09 3 (Tres) Técnico Administrativo 3124 15 1 (Uno) Técnico Administrativo 3124 13
Artículo 2°.
Créanse a partir del 1° de enero de 2014, adicionales a la planta anterior, los cargos de la planta de personal que se establecen a continuación, para lo cual el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, se compromete a apropiar los recursos en el presupuesto de esa vigencia: N° Cargos
Denominación del Cargo Código Grado DESPACHO DEL MINISTRO 3 (Tres) Asesor 1020 12 1 (Uno) Asesor 1020 07 1 (Uno) Profesional Especializado 2028 15 2 (Dos) Profesional Especializado 2028 13 DESPACHO DEL VICEMINISTRO DE ASUNTOS AGROPECUARIOS 1 (Uno) Asesor 1020 12 1 (Uno) Profesional Especializado 2028 17 1 (Uno) Profesional Especializado 2028 15 DESPACHO DEL VICEMINISTRO DE DESARROLLO RURAL 1 (Uno) Asesor 1020 07 1 (Uno) Técnico Administrativo 3124 15 PLANTA GLOBAL 1 (Uno) Profesional Especializado 2028 21 3 (Tres) Profesional Especializado 2028 18 1 (Uno) Profesional Especializado 2028 17 6 (Seis) Profesional Especializado 2028 16 4 (Cuatro) Profesional Especializado 2028 15 2 (Dos) Profesional Especializado 2028 14 4 (Cuatro) Profesional Especializado 2028 13 2 (Dos) Profesional Especializado 2028 12 4 (Cuatro) Profesional Universitario 2044 11 1 (Uno) Técnico 3100 15 4 (Cuatro) Técnico Administrativo 3124 15
Artículo 3°.
El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural distribuirá los cargos de la planta global a que se refieren los artículos primero y segundo del presente Decreto, mediante acto administrativo y ubicará el personal teniendo en cuenta la organización interna, las necesidades del servicio, los planes y programas de la entidad.
Artículo 4°.
Los cargos de carrera vacantes de la planta de personal se proveerán de conformidad con lo dispuesto en la Ley 909 de 2004 y el Decreto Reglamentario 1227 de 2005 y demás disposiciones que le modifiquen, adicionen o sustituyan.
Artículo 5°.
El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente a los Decretos 3745 de 2003, 1929 de 2004, 4231 de 2004, 2478 de 2004, 1738 de 2005, 2403 de 2005, 3100 de 2005, 1114 de 2006, 2446 de 2006, 4487 de 2006 y 4908 de 2007, y las demás disposiciones que le sean contrarias.
Afecta la vigencia de: Modifica en lo pertinente DECRETO 1114 de 2006 Modifica en lo pertinente DECRETO 1738 de 2005 Modifica en lo pertinente DECRETO 1929 de 2004 Modifica en lo pertinente DECRETO 2446 de 2006 Modifica en lo pertinente DECRETO 2478 de 2004 Modifica en lo pertinente DECRETO 3745 de 2003 Modifica en lo pertinente DECRETO 4231 de 2004 Modifica en lo pertinente DECRETO 4487 de 2006 Modifica en lo pertinente DECRETO 4908 de 2007 Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 12 de septiembre de 2013.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Mauricio Cárdenas Santamaría.
El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, Rubén Darío Lizarralde.
La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública, Elizabeth Rodríguez Taylor.
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