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Resolución Reglamentaria 4 de 2011

Resolución Reglamentaria 4 de 2011 Contraloría de Bogotá D.C.

Tipo
Resolución Reglamentaria
Número
4
Año
2011
Fecha
3 de febrero de 2011
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

** RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA 4 DE 2011 (Febrero 3) Por la cual se adopta la nueva versión del Manual de la Calidad de la Contraloría de Bogotá, D.C. EL CONTRALOR DE BOGOTÁ D. C. En ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las que le confiere el artículo 6 del Acuerdo 361 de 2009; y

CONSIDERANDO:

Que el Acuerdo 361 del 6 de enero de 2009: _"Por el cual se organiza la Contraloría de Bogotá, D. C., se determinan las funciones por dependencias, se fijan los principios generales inherentes a su organización y funcionamiento y se dictan otras disposiciones", en su Artículo 6 establece: "En ejercicio de su autonomía administrativa le corresponde a la Contraloría de Bogotá, D.C., definir todos los aspectos relacionados con el cumplimiento de sus funciones en armonía con los principios consagrados en la Constitución, las leyes y en este Acuerdo"._ Que el numeral 9 del artículo 37 ibídem, consagra como una de las funciones de la Dirección de Planeación, _"Realizar la revisión técnica de los planes, documentos y procedimientos que adopte la entidad, para asegurar la armonización, implementación y evaluación de los mismos"._ Que la racionalización de los trámites, métodos y procedimientos se constituye en una herramienta fundamental para el Sistema de Gestión de la Calidad y el mejoramiento de la función pública, al facilitar el cumplimiento de las funciones y objetivos institucionales, la delimitación de responsabilidades, la inducción del empleado en su puesto de trabajo, la definición de controles internos y el desarrollo de los sistemas de información en los procesos misionales y administrativos de la Entidad.

Que el Gobierno Nacional mediante el Decreto 1599 del 20 de mayo de 2005 estableció la obligatoriedad de adoptar el Modelo Estándar de Control Interno - MECI para el Estado Colombiano, con el fin de fortalecer la estructura de control en las entidades públicas, en cumplimiento de esta norma, la Contraloría de Bogotá, D.C., expidió la Resolución Reglamentaria 013 de 12 de junio de 2006, adoptando dicho modelo.

Que el requisito "4.2.2 Manual de la Calidad", establecido en las normas NTC GP 1000:2009 y NTC ISO 9001:2008, determina que la organización debe establecer y mantener un Manual de la Calidad que incluya el alcance del SGC, con los detalles y justificación de cualquier exclusión; los procedimientos y documentos establecidos para el SGC, o referencia a los mismos; así como la descripción de la interacción entre procesos dentro del sistema.

Que como resultado de la visita realizada por la firma certificadora Bureau Veritas Certification los días 29 y 30 de julio de 2010, se presentó como oportunidad de Mejora la siguiente: _"En la presentación de la exclusión al numeral 7.5.4, se hace referencia a que en el proceso de Servicio Micro, sí se aplica dicho requisito dado que dicho proceso maneja la información confidencial de las partes interesadas. No obstante, por la forma como se presenta dicha justificación, la hace ver como una exclusión general dentro del Sistema de Gestión de Calidad"._ Que mediante Resolución Reglamentaria 016 de Mayo 31 de 2010, se adoptó la nueva versión de documentos y procedimientos del proceso de Orientación Institucional incluido el Manual de la Calidad de la CB - Versión 8.0, el cual requiere ser ajustado por lo mencionado en el párrafo anterior.

Que en mérito de lo expuesto, el Contralor de Bogotá D.C.**

RESUELVE:

Artículo primero.

Adoptar el Manual de la Calidad de la Contraloría de Bogotá D.C., Versión 9.0, Código 1006, el cual hace parte de la presente resolución.

Artículo segundo.

Delegar en la Dirección de Planeación, el mejoramiento continuo de los documentos y procedimientos del Proceso de Orientación Institucional.

Artículo tercero.

Es responsabilidad del Contralor Auxiliar, Directores, Jefes de Oficina y Coordinadores de Grupos Especiales, velar por la divulgación, actualización y mejoramiento de los documentos y procedimientos adoptados. ARTÍCULO CUARTO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial el artículo 3 de la Resolución Reglamentaria [016](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=39913#0) de mayo 31 de 2010. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D. C., a los 3 días del mes de febrero de dos mil 2011. MIGUEL ÁNGEL MORALESRUSSI RUSSI Contralor de Bogotá D.C. | | ** MANUAL DE LA CALIDAD DE LA CONTRALORIA DE BOGOTÁ D.C. ---|---

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