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DECRETO 1959 de 2013

por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

Tipo
DECRETO
Número
1959
Año
2013
Entidad
MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 54 de la Ley 489 de 1998,

DECRETA:

Artículo 1°.

Modifícase el artículo 4° del Decreto 4712 de 2008, el cual quedará así:

“Artículo 4°. Estructura. La Estructura del Ministerio de Hacienda y Crédito Público será la siguiente:

1. Despacho del Ministro

1.1. Oficina Asesora de Jurídica

2. Despacho del Viceministro General

2.1. Oficina de Control Interno 2.2. Oficina Asesora de Planeación 2.3. Oficina de Bonos Pensionales

3. Despacho del Viceministro Técnico

3.1. Dirección General de Política Macroeconómica 3.2. Dirección General de la Regulación Económica de la Seguridad Social 3.2.1. Subdirección de Pensiones 3.2.2. Subdirección de Salud y Riesgos Profesionales

4. Secretaría General

4.1. Oficina de Control Disciplinario Interno 4.2. Subdirección Jurídica 4.3. Dirección Administrativa 4.3.1. Subdirección Financiera 4.3.2. Subdirección de Recursos Humanos 4.3.3. Subdirección de Servicios 4.4. Dirección de Tecnología 4.4.1. Subdirección de Administración de Recursos Tecnológicos 4.4.2. Subdirección de Ingeniería de Software

5. Dirección General del Presupuesto Público Nacional

5.1. Subdirección de Análisis y Consolidación Presupuestal 5.2. Subdirección de Infraestructura y Desarrollo Económico 5.3. Subdirección de Administración General del Estado 5.4. Subdirección de Desarrollo Social

6. Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional

6.1. Subdirección de Financiamiento Interno de la Nación 6.2. Subdirección de Financiamiento Externo de la Nación 6.3. Subdirección de Financiamiento con Organismos Multilaterales y Gobiernos 6.4. Subdirección de Tesorería 6.5. Subdirección de Financiamiento de Otras Entidades, Seguimiento, Saneamiento y Cartera 6.6. Subdirección de Banca de Inversión 6.7. Subdirección de Riesgo 6.8. Subdirección de Operaciones 6.9. Subdirección de Relaciones con Inversionistas

7. Dirección General de Apoyo Fiscal

7.1. Subdirección de Apoyo al Saneamiento Fiscal Territorial 7.2. Subdirección de Fortalecimiento Institucional Territorial

8. Órganos de Asesoría y Coordinación

8.1. Consejo Superior de Política Fiscal 8.2. Consejo Macroeconómico 8.3. Comité Sectorial de Desarrollo Administrativo 8.4. Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno y Calidad 8.5. Comité de Conciliación 8.6. Comisión de Personal"

Afecta la vigencia de: Modifica Artículo 4 DECRETO 4712 de 2008

Artículo 2°.

Suprímese el numeral 8 del artículo 12 del Decreto 4712 de 2008.

Afecta la vigencia de: Suprime parcialmente (numeral 8 ) Artículo 12 DECRETO 4712 de 2008

Artículo 3°.

Modifícase el numeral 18 del artículo 12 del Decreto 4712 de 2008, el cual quedará así:

"18. Coordinar y dirigir, siguiendo las instrucciones del Ministro, las actividades de las Direcciones Generales de Política Macroeconómica y Regulación Económica de la Seguridad Social".

Afecta la vigencia de: Modifica parcialmente (el numeral 18 ) Artículo 12 DECRETO 4712 de 2008

Artículo 4°.

Adiciónase el numeral 24 del artículo 12 del Decreto 4712 de 2008, el cual quedará así:

"24. Participar en la negociación y estudio de los tratados internacionales y en las reuniones de los Organismos Internacionales en las que se negocien compromisos del país en materias afines o relacionadas con las funciones del Viceministerio Técnico".

Afecta la vigencia de: Adiciona parcialmente (el numeral 24 ) Artículo 12 DECRETO 4712 de 2008

Artículo 5°.

El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 4712 de 2008.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 11 de septiembre de 2013.

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Mauricio Cárdenas Santamaría.

La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública, Elizabeth Rodríguez Taylor.

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