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CIRCULAR EXTERNA 14 de 2010

Certificaciones de maquinaria pesada no producida en el país para exención de IVA

Tipo
CIRCULAR EXTERNA
Número
14
Año
2010
Entidad
MINISTERIO DE COMERCIO INDUSTRIA Y TURISMO
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Para su conocimiento y aplicación, de manera atenta se informa que para la expedición de las certificaciones de maquinaria pesada no producida en el país destinada a las industrias básicas enumeradas en el literal e) del artículo 428 del Estatuto Tributario, y en cumplimiento de lo ordenado en el artículo 1° del Decreto 1803 de 1994, para la exención de IVA en la importación temporal de los bienes clasificados en las subpartidas arancelarias contenidas en el artículo 1° del Decreto 2394 de 2002 y demás normas que lo aclaran, modifican y adicionan, se debe tener en cuenta lo siguiente:

2. La vigencia de la certificación es igual a la vigencia de la licencia de importación correspondiente, conforme lo dispone el inciso 2° del artículo 1°, del Decreto 1803 de 1994. En caso de ser prorrogada la vigencia de la licencia, la vigencia de la certificación se entenderá prorrogada por igual término al de la licencia de importación.

Cordialmente, Rafael Antonio Torres Martín.

(C.F)

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