DECRETO 1934 de 1996
por medio del cual se modifica el decreto 2056 de 1992.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 1934
- Año
- 1996
- Entidad
- MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, y
CONSIDERANDO:
Que en el artículo 44 de la Ley 9ş de 1989 modificado por el artículo 3ş de la Ley 2ş de 1991 se dispone que el conglomerado urbano perteneciente a varias jurisdicciones municipales contiguas, para efectos del precio de adquisición o adjudicación de viviendas de interés social, se considerará ciudad;
Que por medio del Decreto 2056 de diciembre 22 de 1992 se establecieron los conglomerados urbanos determinando en el literal c) del artículo 1ş a los Municipios de Cali, Jamundí, Yumbo y Candelaria;
Que el Municipio de Palmira presenta una estrecha interrelación con el conglomerado urbano de Cali, Jamundí, Yumbo y Candelaria, por lo cual las condiciones del mercado de vivienda de interés social son similares, por tal razón es necesario que el precio máximo de vivienda de interés social para dicho municipio ascienda hasta la suma de ciento treinta y cinco salarios mínimos legales mensuales, por tanto es indispensable integrarlo a dicho conglomerado urbano,
DECRETA:
Artículo 1.
ş. El literal c) del artículo 1ş del Decreto 2056 de diciembre 22 de 1992 quedará así:
"c) Los Municipios de Cali, Jamundí, Yumbo, Candelaria y Palmira".
Afecta la vigencia de: Modifica parcialmente (literal c ) Artículo 1 DECRETO 2056 de 1992
Artículo 2.
ş. El presente Decreto rige a partir de su publicación y deroga las disposiciones contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 28 de octubre de 1996.
ERNESTO SAMPER PIZANO El Ministro de Desarrollo Económico, Orlando Cabrales Martínez.
¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.
Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.
Preguntar al asistenteSi ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.
También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.
Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.