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DECRETO 1919 de 1995

por el cual se honra la memoria del eminentísimo señor Cardenal Mario Revollo Bravo.

Tipo
DECRETO
Número
1919
Año
1995
Entidad
PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que en el día de hoy ha fallecido el eminentísimo seńor Cardenal Mario Revollo Bravo;

Que el eminentísimo seńor Cardenal fue un ilustre y brillante Sacerdote, Vicario Castrense, Arzobispo de Nueva Pamplona, Arzobispo Emérito de Bogotá, Primado de Colombia y pro varios periodos Presidente de la Conferencia Episcopal;

Que fue abnegado servidor de la patria y de la Iglesia, formador del Clero, fecundo periodista y, ante todo, virtuoso y comprometido Pastor;

Que el Papa Juan Pablo II lo distinguió con el Cardenalato, dignidad que él supo llevar con altura y modestia singulares;

Que fue Apóstol incansable de la Paz y con su testimonio engrandeció a Colombia;

Que sus condiciones de lúcido pensador, hombre de la Iglesia Católica, fértil escritor y destacado periodista le valieron la admiración de los colombianos, sobre quienes ejerció el magisterio religioso, moral e intelectual;

Que la desaparición de tan alto jerarca de la Iglesia Católica e inigualable ser humano, priva a la Patria de uno de sus más ilustres y preclaros hijos;

Que la memoria del ilustre, eminentísimo seńor Cardenal Mario Revollo Bravo permanecerá en el recuerdo de sus conciudadanos que hoy lamentan su fallecimiento;

DECRETA:

Artículo 1°.

El gobierno Nacional, interpretando el sentimiento del pueblo colombiano, lamenta con profundo pesar el fallecimiento del eminentísimo seńor Cardenal Mario Revollo Bravo y exalta su vida y memoria como dignas de admiración, imitación y respeto.

Artículo 2°.

Que el Gobierno Nacional se une al dolor que embarga al pueblo de Colombia, a la Conferencia Episcopal de Colombia, al Clero y a los católicos y declara duelo nacional por los tres días siguientes a su fallecimiento, durante los cuales se izará el Pabellón Nacional a media asta en todos los edificios públicos del país y las Embajadas de Colombia en el Exterior.

Las Fuerzas Militares rendirán los honores fúnebres correspondientes, a la memoria del eminentísimo seńor Cardenal Mario Revollo Bravo.

Artículo 3°.

El Gobierno Nacional se hará presente en los funerales del eminentísimo seńor Cardenal Mario Revollo Bravo.

Artículo 4°.

Copia del presente Decreto, en nota de estilo será entregada a la familia del ilustre desaparecido.

Artículo 5°.

Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 3 de noviembre de 1995.

ERNESTO SAMPER PIZANO El Ministro del Interior, Horacio Serpa Uribe.

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