DECRETO 1911 de 1995
por el cual se declara como Monumento Nacional una serie de inmuebles localizados en Cartagena de Indias, Bolívar.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 1911
- Año
- 1995
- Entidad
- MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confiere la Ley 163 de 1959 y su Decreto Reglamentario 264 de 1963, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 6° de la Ley 163 de 1959 faculta al Consejo de Monumentos Nacionales para proponer, previo estudio de la documentación correspondiente, la calificación y declaración de sectores de ciudades, zonas de accidentes geográficos e inmuebles como Monumentos Nacionales;
Que el proyecto de reglamentación para el Centro Histórico de Cartagena de Indias fue elaborado por la Subdirección de Patrimonio de Colcultura en colaboración con la Oficina de Planeación Municipal de Cartagena de Indias, y fue presentado al Consejo de Monumentos Nacionales que lo aprobó en su reunión ordinaria del 22 de noviembre de 1993, según consta en el Acta número 15 del mismo ańo;
Que como apoyo a la mencionada reglamentación, la Subdirección de Patrimonio propuso al Consejo de Monumentos Nacionales la declaratoria como Monumento Nacional de los bienes inmuebles catalogados en ella como "de Conservación Monumental";
Que el Consejo de Monumentos Nacionales, en la misma sesión, estudió la propuesta, verificó las condiciones valorativas en materia arquitectónica, urbana, documental y testimonial de los inmuebles en cuestión, dada su importancia estética, su representatividad histórica y su localización urbana determinante dentro del Centro Histórico y su área de influencia, lo cual fue ratificado por el Consejo en su sesión del 4 de agosto de 1994, y en consecuencia;
Que el Consejo de Monumentos Nacionales, determinó proponer al Gobierno Nacional la declaratoria como Monumento Nacional un aserie de inmuebles localizados en Cartagena de Indias, Bolívar, mediante Resolución número 035 del 16 de agosto de 1994,
DECRETA:
Artículo 1°.
Declarar como Monumento Nacional, los siguientes inmuebles localizados en Cartagena de Indias, Bolívar, y considerados de Conservación Monumental por la Reglamentación para el Centro Histórico de Cartagena de Indias:
Artículo 2°.
En aplicación de los dispuesto por la Ley 163 de 1959 y su Decreto reglamentario, todas las restauraciones, remodelaciones y las obras de protección, defensa y conservación o cualquier tipo de intervención que se deba efectuar en el inmueble objeto del presente Decreto, deberá contar con el permiso previo del Consejo de Monumentos Nacionales.
Artículo 3°.
El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 2 de noviembre de 1995.
ERNESTO SAMPER PIZANO.
La Ministra de Educación Nacional, María Emma Mejía Vélez.
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