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DECRETO 1909 de 1995

por el cual se declara como Monumento Nacional, la Casa de la Hacienda El Otoño, localizada en la Sabana de Bogotá.

Tipo
DECRETO
Número
1909
Año
1995
Entidad
MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confiere la Ley 163 de 1959 y su Decreto Reglamentario 264 de 1963, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 6° de la Ley 163 de 1959 faculta al Consejo de Monumentos Nacionales para proponer, previo estudio de la documentación correspondiente, la calificación y declaración de sectores de ciudades, zonas de accidentes geográficos e inmuebles como Monumentos Nacionales;

Que la Escuela Colombiana de Ingeniería presentó a consideración del Consejo, la solicitud para declarar como Monumento Nacional la Hacienda El Otońo, de su propiedad;

Que la Hacienda El Otońo está ubicada en la Sabana de Bogotá, próxima al lindero sur del Cementerio Jardines del Recuerdo, aproximadamente a 200 metros de la calzada occidental de la Autopista Norte, en predios de la Escuela Colombiana de Ingeniería;

Que la edificación propia de las casas de hacienda construidas en la Sabana de Bogotá en los primeros ańos de este siglo se implanta en un terreno de una hectárea delimitado por un muro de cerramiento encalado, el cual conserva el portal de acceso con una reja forjada;

Que la edificación conformada por un volumen en forma de "L", con cubiertas en estructura de madera y teja de barro a tres aguas, se destaca por la calidad técnica y estética de su carpintería, la decoración y la pintura mural;

Que la edificación cuenta con un carácter único dentro del conjunto de estas haciendas y por lo tanto se hace necesario conservarla como testimonio de una época;

Que el Consejo de Monumentos Nacionales, en su sesión ordinaria del 23 de octubre de 1992, según consta con el Acta número 11 del mismo ańo, estudió la documentación de la Casa de la Hacienda El Otońo, localizada en la Sabana de Bogotá y determinó que los valores y calidades arquitectónicos, históricos, y artísticos del inmueble cumplen con las exigencias para ser Monumento Nacional, lo cual fue ratificado por el Consejo en su sesión del 4 de agosto de 1994:

Que el Consejo de Monumentos Nacionales, determinó proponer al Gobierno Nacional la declaratoria como Monumento Nacional de la Casa de la Hacienda El Otońo, localizada en la Sabana de Bogotá, mediante Resolución número 009 del 16 de agosto de 1994,

DECRETA:

Artículo 1°.

Declarar como Monumento Nacional, la Casa de la Hacienda El Otońo, localizada en la Sabana de Bogotá.

Artículo 2°.

En aplicación de los dispuesto por la Ley 163 de 1959 y su Decreto reglamentario, todas las restauraciones, refacciones, remodelaciones y las obras de protección, defensa y conservación que deban efectuarse en la Casa de la Hacienda El Otońo, deberán contar con el permiso previo del Consejo de Monumentos Nacionales.

Artículo 3°.

El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 2 de noviembre de 1995.

ERNESTO SAMPER PIZANO.

La Ministra de Educación Nacional, María Emma Mejía Vélez.

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