DECRETO 1892 de 1997
por el cual se crea una Comisión Interinstitucional.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 1892
- Año
- 1997
- Entidad
- MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial de las seńaladas en el artículo 1ş del Decreto 1050 de 1968,
CONSIDERANDO:
Que la política criminal está instituida para precisar los efectos perseguidos a través de la aplicación del ordenamiento penal y para implementar instrumentos eficaces y oportunos que protejan a la sociedad y garanticen el mantenimiento del orden público como medio de enfrentar el fenómeno de la delincuencia;
Que la prevención y represión del delito, la resocialización del delincuente y, en general, la evaluación de los conflictos del sistema jurídico penal con la realidad criminal y el ejercicio de la facultad punitiva del Estado son prioridad dentro de la política criminal del Gobierno;
Que para el cumplimiento de los objetivos de la política criminal se hace necesario contar con un sistema normativo que se adecúe a las circunstancias y que responda a los requerimientos del fenómeno de la delincuencia en nuestro país;
Que resulta prioritaria la configuración de un sistema normativo integral en materia penal que permita garantizar el cumplimiento de los postulados constitucionales que salvaguardan la convivencia pacífica y el mantenimiento del orden social;
Que desde hace algunos ańos se ha evidenciado la desarticulación de nuestro sistema jurídico penal, debido al establecimiento de diferentes regímenes de penas y procedimientos, dispersos dentro de nuestro ordenamiento en gran cantidad de normas especiales;
Que el evento en que la normatividad penal vigente no atienda a los fines que la Constitución y su naturaleza le imponen, se hace necesario su revisión como paso previo a su eventual actualización,
DECRETA:
Artículo 1°.
De la Comisión. Créase una Comisión Interinstitucional con el fin de revisar integralmente el sistema penal colombiano, unificar la normatividad y proponer un texto único de proyecto de Código Penal, de Código de Procedimiento Penal y de Código Penitenciario.
Artículo 2°.
De la composición. La Comisión Interinstitucional creada por el presente decreto estará integrada por:
a) El Ministro de Justicia y del Derecho; b) El Presidente de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia; c) El Fiscal General de la Nación; d) El Procurador General de la Nación; e) El Presidente de cada una de las Comisiones Primeras Constitucionales del Congreso de la República, y f) Un delegado de las facultades de derecho del país, designado por la asociación de universidades.
TEXTO CORRESPONDIENTE A Subrogado Artículo 6 DECRETO 3097 de 1997
Artículo 3°.
De la coordinación. La coordinación de la Comisión será ejercida por el Fiscal General de la Nación.
TEXTO CORRESPONDIENTE A Subrogado Artículo 6 DECRETO 3097 de 1997
Artículo 4°.
De la subcomisión. Créase una subcomisión técnica, conformada por un delegado de cada uno de los miembros de la Comisión Interinstitucional de que trata el presente decreto.
TEXTO CORRESPONDIENTE A Subrogado Artículo 6 DECRETO 3097 de 1997
Artículo 5°.
Secretaría técnica. La Comisión Interinstitucional contará con una secretaría técnica y administrativa a cargo del Ministerio de Justicia y del Derecho que se ejercerá a través de los delegados que para tal efecto sean designados por el Ministro de Justicia y del Derecho. TEXTO CORRESPONDIENTE A Subrogado Artículo 6 DECRETO 3097 de 1997
Artículo 6°.
Del reglamento. La Comisión se dará su propio reglamento y determinará el de la subcomisión.
TEXTO CORRESPONDIENTE A Subrogado Artículo 6 DECRETO 3097 de 1997
Artículo 7.
ş. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 29 de julio de 1997.
ERNESTO SAMPER PIZANO La Ministra de Justicia y del Derecho, Almabeatriz Rengifo López.
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