Resolución Reglamentaria 056 de 2013
Resolución Reglamentaria 56 de 2013 Contraloría de Bogotá D.C.
- Tipo
- Resolución Reglamentaria
- Número
- 056
- Año
- 2013
- Fecha
- 27 de diciembre de 2013
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA 056 DE 2013 (Diciembre 27) Por medio de la cual se deroga la Resolución No.[031](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=38935#0)del 9 de diciembre de 2009 conformación del comité Técnico de Inventarios y baja de Bienes de la Contraloría de Bogotá D.C. y se asignan funciones. EL CONTRALOR DE BOGOTÁ, D. C. En ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas en el artículo 6 del Acuerdo 519 de 2012; y
CONSIDERANDO:
Que el articulo 21 del acuerdo 519 de 2012,, establece las facultades de delegación del contralor en los siguientes términos: _“El Contralor de Bogotá.D.C., mediante acto administrativo, podrá delegar las facultades de ejecución presupuestal, ordenación del gasto, contratación y otras competencias administrativas, técnicas o jurídicas, en los términos de los actos de delegación y de lo dispuesto en el presente Acuerdo. Esta delegación podrá recaer en los servidores públicos de los niveles directivo y asesor de la Contraloría de Bogotá. D.C. Para el caso de la contratación, la delegación procederá en los términos autorizados por la Ley”._ Que con el fin de adecuarlo a la nueva estructura de la entidad, se hace necesario reorganizar la composición del Comité Técnico de Inventarios y Baja de Bienes de la Contraloría de Bogota D.C., en procura de lograr una mayor eficiencia en su actuación.
Que de acuerdo con lo anterior, es necesario incorporar al Subdirector de Servicios Generales como parte integral del Comité Técnico de Inventarios y Baja de Bienes, por la naturaleza de las funciones que le han sido asignadas, y de esta manera armonizarlo con las condiciones y necesidades de la Entidad y con los procedimientos sobre manejo y control de bienes de la Contraloría.
Que dentro de las funciones asignadas al Contralor Auxiliar por el Acuerdo 519 de 2012, no existe ninguna relacionada con el manejo de inventarios y bienes, por lo que se hace necesario excluirlo del ‘Comité Técnico de Inventarios y Baja de Bienes de la Contraloría de Bogotá D.C. Con base en las anteriores consideraciones:
RESUELVE:
Artículo primero.
- COMPOSICION - COMITÉ TECNICO DE INVENTARIOS Y BAJAS DE BIENES,** estará conformado por los siguientes funcionarios: El Director Administrativo y Financiero o su delegado quien lo presidirá, Eel (Sic) Subdirector Financiero, El Subdirector de Recursos Materiales, El Subdirector de Servicios Generales y el profesional Universitario 219-03 del Área de Inventarios y el Almacenista General, quien ejerce la la (Sic) secretaría técnica. En casos especiales, podrá invitar a otros funcionarios cuando así lo amerite, con el fin de que aporten elementos de juicio necesarios para cumplir con los objetivos de su competencia.
Parágrafo. El Jefe de la Oficina Juridica, puede asistir al comité para que dé su opinión sobre los asuntos que se expongan y su misión estará enfocada al asesoramiento en asuntos jurídicos y de posición legal frente a la entidad, sin derecho de decisión (voto) sobre los mismos.
Artículo segundo.
-** FUNCIONES. - Son funciones del comité: 1. Verificar que los planes y programas de trabajo establecidos por las Subdirecciones de Recursos Materiales y Financiera para el Almacén General y el Área de Inventarios, se estén cumpliendo y que los mismos permitan mantener actualizados los inventarios de la Entidad. 2. Diseñar los mecanismos y acciones requeridas para la realización de los inventarios físicos de la entidad. 3. Con base en la solicitud de baja formulada por el Almacenista General, conceptuar sobre el estado actual de los bienes, previa verificación de los mismos y recomendar la baja y destinación final de aquellos que se consideren inservibles o no utilizables para la Entidad. Para tal efecto, se tendrán en cuenta factores tales como: resultado de la evaluación costo/beneficio, valor de mantenimiento, concepto técnico, nivel de uso, tecnología, estado actual y funcionalidad de acuerdo con los procedimientos establecidos en el SIG, entre otros. 4. Analizar y conceptuar sobre los resultados arrojados por los análisis, avaluos y conceptos técnicos realizados al interior o exterior de la entidad, en materia de reclasificación de bienes, donaciones o convenios; procurando siempre la mayor claridad en la administración de los mismos. 5. Analizar las características y comportamiento de los bienes de la Entidad y demás factores que considere necesarios para determinar y recomendar el Ordenador del Gasto, la reclasificación de bienes devolutivos a bienes de consumo cuando haya lugar de conformidad con sus características y destinación. 6. Recomendar al Ordenador del Gasto, la compensación de elementos faltantes con sobrantes de iguales características, con base en los reportes que para tal efecto suministre el Área de Inventarios. 7. Emitir concepto y proponer los ajustes y decisiones administrativas necesarias, sobre las actuaciones que se deben tomar frente a los elementos faltantes y sobrantes tanto de consumo, como devolutivos que se produzcan como consecuencia de la toma física que realiza periódicamente el Área de Inventarios. 8. Fomentar la cultura de cuidado, control y custodia de los bienes públicos de carácter devolutivo, de consumo controlado y de consumo que se han entregado a las diferentes dependencias que componen la Contraloría de Bogotá D.C. para el ejercicio de sus funciones.
Artículo tercero.
- La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga la Resolución [031](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=38935#0) de 2009 y las demás disposiciones que le sean contrarias. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá, D. C. a los 27 días del mes de diciembre del año 2013. DIEGO ARDILA MEDINA Contralor de Bogotá D.C. NOTA: Publicada en el Registro Distrital 5270 de diciembre 31 de 2013
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