Jurismart

Resolución Reglamentaria 23 de 2013

Resolución Reglamentaria 23 de 2013 Contraloría de Bogotá D.C.

Tipo
Resolución Reglamentaria
Número
23
Año
2013
Fecha
19 de junio de 2013
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA 23 DE 2013

**(Junio 19)

**[Derogada por el art. 5, Resolución Contraloría Distrital 3 de 2017](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=69750#5)

“Por la cual se adopta la denominación de las dependencias de la nueva estructura orgánica de la Contraloría de Bogotá, D.C. y se asignan los códigos”

EL CONTRALOR DE BOGOTÁ, D. C.

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, y

CONSIDERANDO:

Que el Concejo de Bogotá, D.C., expidió el Acuerdo [519](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=51049#0) de 2012 “por el cual se dictan normas sobre organización y funcionamiento de la Contraloría de Bogotá, D.C., se modifica su estructura orgánica e interna, se fijan las funciones de sus dependencias, se modifica su planta de personal y se ajustan el sistema de nomenclatura y los grados de la escala salarial de la planta de personal y se dictan otras disposiciones”.

Que el Acuerdo 519 de 2013 modificó la planta de personal de la Contraloría de Bogotá, D.C., y en la misma se incorporaron los empleos de Gerente Grado 01 y Grado 02.

Que en ejercicio de la autonomía administrativa consagrada en el artículo 6° del Acuerdo 519 de 2013, le corresponde a la Contraloría de Bogotá D.C. definir todos los aspectos relacionados con el cumplimiento de sus funciones.

Que es necesario adoptar las denominaciones de las dependencias de la nueva estructura orgánica de la Contraloría de Bogotá D.C., y asignar los códigos respectivos.

Que es necesario modificar e incluir algunos códigos para identificar las dependencias de la entidad, en los diferentes trámites técnicos y administrativos, adoptados mediante la Resolución Reglamentaria No. 002 del 22 de Enero de 2013 Que es necesario eliminar el código 90000 establecido para la Dirección Sector de Desarrollo Económico por duplicidad.

Que es necesario asignar un código de identificación para las comunicaciones emitidas por el Auditor Fiscal ante la Contraloría de Bogotá D.C., quien de conformidad con el Decreto Ley 1421 de 1993 ejerce la vigilancia de la gestión fiscal ante la entidad, o sus colaboradores, que hacen parte de la planta de la Auditoría Fiscal según el Acuerdo 519 de 2012.

Que es necesario asignar códigos a los Gerentes, en razón a que ellos suscribirán comunicaciones oficiales tanto internas como externas, así como informes y estudios, entre otros documentos institucionales.

Que es necesario incluir código para el Grupo Especial de Apoyo y Fiscalización a las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones creado por resolución en la Contraloría de Bogotá.

Que es necesario incluir código para el centro de atención al ciudadano dependencia creada por Resolución Reglamentaria Numero 019 de Julio 28 de 2009.

Que es necesario nombrar las subdirecciones de fiscalización asignadas a la Dirección de Servicios Públicos, de conformidad con el Artículo 10 del Acuerdo 519 de 2012.

Que el uso de los códigos facilita la comunicación interna y simplifica el manejo y administración de documentos en la Contraloría de Bogotá, D.C.

Que en cumplimiento del Decreto 1599 de 2005, la Contraloría de Bogotá D.C. expidió la Resolución Reglamentaria 013 de 2006, mediante la cual se adoptó el Modelo Estándar de Control Interno – MECI en la entidad, con el fin de fortalecer su estructura de control.

Que el MECI contiene entre otros elementos de control del Subsistema de Control de Gestión, la información primaria, secundaria y sistemas de información, que permiten el flujo de información y el control de datos y documentos que se procesan al interior de la Contraloría de Bogotá, D.C.

RESUELVE:

Artículo primero.

- Adoptar la denominación de las dependencias de la nueva estructura orgánica de la Contraloría de Bogotá D.C., establecida por el Acuerdo [519](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=51049#0) de 2012 y modificar los códigos de las mismas, así: | CÓDIGO | DEPENDENCIA ---|--- 10000 | DESPACHO DEL CONTRALOR 10100 | GRUPO ESPECIAL DE APOYO Y FISCALIZACIÓN A LAS TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES 11000 | DIRECCIÓN DE APOYO AL DESPACHO 11100 | CENTRO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO 12000 | DIRECCIÓN DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y DESARROLLO LOCAL 12100 | SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN LOCAL 12101 | GERENCIA LOCAL USAQUEN 12102 | GERENCIA LOCAL CHAPINERO 12103 | GERENCIA LOCAL SANTAFE 12104 | GERENCIA LOCAL SAN CRISTÓBAL 12105 | GERENCIA LOCAL USME 12106 | GERENCIA LOCAL TUNJUELITO 12107 | GERENCIA LOCAL BOSA 12108 | GERENCIA LOCAL KENNEDY 12109 | GERENCIA LOCAL FONTIBON 12110 | GERENCIA LOCAL ENGATIVA 12111 | GERENCIA LOCAL SUBA 12112 | GERENCIA LOCAL BARRIOS UNIDOS 12113 | GERENCIA LOCAL TEUSAQUILLO 12114 | GERENCIA LOCAL MARTIRES 12115 | GERENCIA LOCAL ANTONIO NARIÑO 12116 | GERENCIA LOCAL PUENTE ARANDA 12117 | GERENCIA LOCAL CANDELARIA 12118 | GERENCIA LOCAL RAFAEL URIBE 12119 | GERENCIA LOCAL CIUDAD BOLIVAR 12120 | GERENCIA LOCAL SUMAPAZ 13000 | OFICINA DE CONTROL INTERNO 14000 | OFICINA DE ASUNTOS DISCIPLINARIOS 15000 | OFICINA ASESORA DE COMUNICACIONES 16000 | OFICINA ASESORA JURÍDICA 18000 | DIRECCIÓN DE REACCIÓN INMEDIATA 20000 | DESPACHO DEL CONTRALOR AUXILIAR 30000 | DIRECCIÓN DE PLANEACIÓN 30100 | SUBDIRECCIÓN DE ANÁLISIS, ESTADÍSTICAS E INDICADORES 40000 | DIRECCIÓN DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES 60000 | DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA 60100 | SUBDIRECCIÓN FINANCIERA 60101 | ÁREA DE CONTABILIDAD 60102 | ÁREA DE PRESUPUESTO 60103 | ÁREA DE TESORERÍA 60200 | SUBDIRECCIÓN DE SERVICIOS GENERALES 60201 | ÁREA DE ARCHIVO Y CORRESPONDENCIA 60202 | ÁREA DE TRANSPORTE 60300 | SUBDIRECCIÓN DE RECURSOS MATERIALES 60301 | ÁREA DE ALMACÉN 60302 | ÁREA DE INVENTARIOS 60400 | SUBDIRECCIÓN DE CONTRATACIÓN 70000 | DIRECCIÓN TALENTO HUMANO 70100 | SUBDIRECCIÓN DE BIENESTAR SOCIAL [Ver Resolución Contraloría Distrital 018 de 2014](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=58259#6). 70101 | GRUPO TÉCNICO DE SALUD OCUPACIONAL, SEGURIDAD INDUSTRIAL Y MEDIO AMBIENTE LABORAL 70200 | SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN DEL TALENTO HUMANO 70300 | SUBDIRECCIÓN DE CARRERA ADMINISTRATIVA 70400 | SUBDIRECCIÓN DE CAPACITACIÓN Y COOPERACIÓN TÉCNICA 80000 | DIRECCIÓN SECTOR MOVILIDAD 80100 | SUBDIRECCIÓN DE FISCALIZACIÓN MOVILIDAD 80200 | SUBDIRECCIÓN DE FISCALIZACIÓN INFRAESTRUCTURA 100000 | DIRECCIÓN SECTOR SALUD 110000 | DIRECCIÓN SECTOR GOBIERNO 110100 | SUBDIRECCIÓN DE FISCALIZACIÓN GESTIÓN PÚBLICA Y EQUIDAD DE GENERO 110200 | SUBDIRECCIÓN DE FISCALIZACIÓN GOBIERNO, SEGURIDAD Y CONVIVENCIA 130000 | DIRECCIÓN SECTOR HÁBITAT Y AMBIENTE 130100 | SUBDIRECCIÓN DE FISCALIZACIÓN CONTROL URBANO 130200 | SUBDIRECCIÓN DE FISCALIZACIÓN HÁBITAT 130300 | SUBDIRECCIÓN DE FISCALIZACIÓN AMBIENTE 140000 | DIRECCIÓN SECTOR EDUCACIÓN, CULTURA, RECREACIÓN Y DEPORTE 140100 | SUBDIRECCIÓN DE FISCALIZACIÓN CULTURA, RECREACIÓN Y DEPORTE 140200 | SUBDIRECCIÓN DE FISCALIZACIÓN EDUCACIÓN 150000 | DIRECCIÓN SECTOR HACIENDA 160000 | DIRECCIÓN DE ESTUDIOS DE ECONOMÍA Y POLÍTICA PÚBLICA 160100 | SUBDIRECCIÓN DE EVALUACIÓN DE POLÍTICAS PÚBLICAS 160200 | SUBDIRECCIÓN DE ESTUDIOS ECONÓMICOS Y FISCALES 160300 | SUBDIRECCIÓN DE ESTADÍSTICAS Y ANÁLISIS PRESUPUESTAL Y FINANCIERO 170000 | DIRECCIÓN DE RESPONSABILIDAD FISCAL Y JURISDICCIÓN COACTIVA 170100 | SUBDIRECCIÓN DEL PROCESO DE RESPONSABILIDAD FISCAL 170200 | SUBDIRECCIÓN DE JURISDICCIÓN COACTIVA 180000 | AUDITORIA FISCAL ANTE LA CONTRALORIA 190000 | DIRECCIÓN SECTOR DESARROLLO ECONÓMICO, INDUSTRIA Y TURISMO 200000 | DIRECCIÓN SECTOR INTEGRACIÓN SOCIAL 210000 | DIRECCIÓN SECTOR SERVICIOS PÚBLICOS 210100 | SUBDIRECCIÓN DE FISCALIZACIÓN DE ACUEDUCTO Y SANEAMIENTO BASICO 210200 | SUBDIRECCIÓN DE FISCALIZACIÓN DE ENERGIA 210300 | SUBDIRECCIÓN DE FISCALIZACIÓN DE COMUNICACIONES

Parágrafo. Corresponde a la Dirección de Planeación determinar los códigos a los grupos, áreas o programas de trabajo de carácter especial o permanente que se conformen, para que sea utilizado en los diferentes procesos técnicos y administrativos en que intervengan, en especial los relacionados con el trámite de la correspondencia.

Artículo segundo.

-** En razón a que los Gerentes son empleos de la planta global que se ubicaran en cada área de conformidad con las directrices impartidas por la Alta Dirección, La Dirección de Planeación asignará mediante comunicación escrita a cada gerente el código que debe utilizar para efectos de las comunicaciones que deba suscribir en cumplimiento de las funciones encomendadas, así:

Dos o tres primeros dígitos según el caso: Código de la Oficina o Dirección a la que se asigna el respectivo Gerente Tercero y cuarto ó cuarto y quinto dígitos según el caso: Código de la subárea o Gerencia asignada. Esto códigos se determinan de cien en cien (100-200-300, etc), de manera consecutiva a partir del último consecutivo asignado a esa dependencia o área.

Quinto ó sexto dígitos según el caso: número consecutivos a partir de 1, de conformidad del número de gerentes que se asigne a cada dependencia.

Ejemplo cuando las dependencias cuentan con un código de cinco dígitos:

80 000 | Dirección Sector Movilidad ---|--- 80300 | Gerente Fiscalización 80301 | Gerente No. 1 Fiscalización Proyecto X Ejemplo cuando las dependencias cuentan con un código de seis dígitos:

170 000 | Dirección de Responsabilidad Fiscal y Jurisdicción Coactiva ---|--- 170100 | Subdirección del Proceso de Responsabilidad Fiscal 170101 | Gerente No. 1

Artículo tercero.

-** El código asignado a cada dependencia será utilizado para preparar y tramitar las comunicaciones oficiales internas y externas, de conformidad con los procedimientos establecidos en la Contraloría de Bogotá, D.C.

Artículo cuarto.

-** A partir de la vigencia de esta resolución todos los trámites administrativos que se realicen en la Contraloría de Bogotá D.C. deberán identificarse con la nomenclatura prevista en la presente resolución.

Parágrafo. Las áreas de correspondencia y archivo de la Dirección Administrativa y Financiera devolverán a la dependencia de origen la correspondencia que no se tramite con la nueva nomenclatura y códigos y verificarán, en coordinación con la Oficina de Control Interno, su estricto cumplimiento.

Artículo quinto.

La presente resolución rige a partir de su publicación y deroga la Resolución Reglamentaría No. [001](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=36027#0) del 4 de Febrero de 2009, la Resolución Reglamentaria 002 de 2013 y las demás disposiciones que le sean contrarias.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los 19 días del mes de junio del año 2013.

DIEGO ARDILA MEDINA

Contralor de Bogotá D.C.

NOTA: Publicada en el Registro Distrital 5144 de junio 21 de 2013

¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.

Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.

Preguntar al asistente

Si ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.

También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.

Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.

Documentos relacionados

Preguntar