Resolución Local 231 de 2013
Resolución Local 231 de 2013 Alcaldía Local de San Cristóbal
- Tipo
- Resolución Local
- Número
- 231
- Año
- 2013
- Fecha
- 12 de agosto de 2013
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCIÓN LOCAL 231 DE 2013
(Agosto 12)
“Por medio de la cual se acoge la aplicación transitoria del artículo 162, numeral[2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=53776#162.2)de la Ley 1510 de 2013”.
EL ALCALDE LOCAL DE SAN CRISTÓBAL
En uso de las facultades legales, en especial las conferidas por el numeral 2 del artículo 162 del Decreto 1510 de 2013 y en la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007 y
CONSIDERANDO:
Que la Ley 80 de 1993 denomina en su artículo 2, numeral 1, las entidades estatales a las cuales le son aplicables las disposiciones generales aplicables para la contratación con recursos públicos.
Que el Fondo de Desarrollo Local es de naturaleza pública, con personería jurídica, patrimonio propio y creación legal, por lo que el régimen para su contratación es el señalado en el Estatuto General de la Contratación Pública, y las demás normas que lo modifiquen o adicionen.
Que el artículo 163 del Decreto 1510 de 2013 por el cual se reglamenta el sistema de compras y contratación pública deroga expresamente el Decreto 734 de 2012.
Que el Alcalde Local se encuentra facultado para actuar en representación del Fondo de Desarrollo Local de San Cristóbal, a partir de la delegación conferida por el Representante Legal de los Fondos de Desarrollo Local del Distrito Capital, mediante Decreto 133 del 27 de marzo de 2012, posesionado según Acta 072 efectiva a partir del 29 de marzo de 2012.
Que el Gobierno Nacional por medio del Decreto Ley 4170 de 2011, creó la Agencia Nacional de Contratación Pública- Colombia Compra Eficiente-, como ente rector de la contratación pública para desarrollar e impulsar políticas públicas y herramientas orientadas a asegurar que el sistema de compras y Contratación pública obtenga resultados óptimos en términos de la valoración del dinero público a través de un proceso transparente.
Que para el logro de los objetivos del sistema de compras y contratación pública definidos para Colombia Compra Eficiente, el Departamento Nacional de Planeación expidió el Decreto 1510 el 17 de julio de 2013 _“Por el cual reglamenta el sistema de compras y contratación pública”,_ el cual establece en el artículo 162, la aplicación transitoria de dicho Decreto, señalando que aquellas Entidades Estatales que, por razones operativas derivadas de la necesidad de ajustar sus procedimientos internos de contratación a la nueva reglamentación, consideren necesario continuar aplicando las disposiciones del Decreto 734 de 2012, pueden hacerlo para todos sus procesos de contratación durante el período de transición que se extiende hasta el 31 de diciembre de 2013.
Que el inciso segundo, numeral 2 del artículo 162, dispone que las entidades estatales que consideren la necesidad de continuar aplicando las disposiciones del Decreto 734 de 2012, deberán expedir un acto administrativo de carácter general.
Que el Fondo de Desarrollo Local de San Cristóbal debe acogerse al régimen de transición anteriormente descrito, teniendo en cuenta que operativamente es necesario ajustar sus procedimientos internos a las disposiciones del Decreto 1510 de 2013.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo primero.
-** Acoger el régimen de aplicación transitoria previsto en el numeral [2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=53776#162.2), artículo 162 del Decreto 1510 de 2013. En consecuencia los procesos de contratación del Fondo de Desarrollo Local de San Cristóbal se agotarán bajo las disposiciones establecidas en el Decreto [734](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=46940#162.2) de 2012 hasta el 31 de diciembre de la presente vigencia.
Artículo segundo.
-** Ordenar la publicación del presente acto administrativo en el Portal Único de Contratación SECOP.
Artículo tercero.
-** El presente acto administrativo rige a partir de la fecha de su expedición.
Dada en Bogotá, a los 12 días del mes de agosto del año 2013.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
JAIRO LEÓN VARGAS
Alcalde Local de San Cristóbal
NOTA: Publicada en el Registro Distrital 5181 de agosto 20 de 2013
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