DECRETO 1820 de 1996
por el cual se hacen unas modificaciones a la planta de personal del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 1820
- Año
- 1996
- Entidad
- PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el ordinal 14 del artículo 189 de la Constitución Política y los artículos 16 y 17 del Decreto ley 1680 de 1991.
DECRETA:
Artículo 1ş. Suprímese de la planta global del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República el siguiente cargo creado mediante el Decreto 218 de 1995: Nş de cargos Nivel y denominación Código Grado 1 Consejero del Presidente 110 41 Artículo 2ş. Crease en la planta global del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República el siguiente empleo: Nş de cargos Nivel y denominación Código Grado 1 Director Programa Presidencia 120 41
Artículo 3.
ş. Créease en el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, el Programa Presidencial para el desarrollo de Infraestructura Nacional, cuyo objetivo es promover y hacer seguimiento permanente a las etapas de planeación, contratación y ejecución de los proyectos de infraestructura física que requiere el país.
Parágrafo.
El Director del Programa Presidencial para el desarrollo de la Infraestructura Nacional, corresponderá al cargo de Director de Programa Presidencial 120-41, creado en el presente decreto.
Artículo 4.
ş. El Director del Programa Presidencial para el desarrollo de la Infraestructura Nacional tendrá, además de las funciones seńaladas en el artículo 3ş del Decreto 218 de 1995, las siguientes:
1. Apoyar a las entidades del sector de infraestructura física cuando estas requieran concertar entre sí definiciones en los proyectos prioritarios, enfatizando aquellos en donde se busque la participación del sector privado.
2. Suministrar soporte a las entidades encargadas de la promoción de proyectos de infraestructura con participación del sector privado.
3. Gestionar ante las entidades del Estado la definición de las actividades relacionadas con los proyectos prioritarios para el país.
4. Hacer seguimiento y control a la realización de las actividades necesarias para el cumplimiento de los cronogramas de los proyectos por parte de los ministerios y entidades involucradas.
5. Colaborar con las entidades ejecutoras de proyectos de infraestructura cuando estas requieran apoyo en la definición técnica de programas y proyectos
6. Recomendar acciones para la mejor ejecución de los programas y proyectos de infraestructura incluidos en el Plan Nacional de Desarrollo.
7. Colaborar con las entidades sectoriales en la ejecución de las estrategias que estas diseńen para resolver problemas puntuales en los programas y proyectos bajo su responsabilidad.
8. Informar al seńor Presidente de la República sobre el estado de las rutas criticas para el cumplimiento de los cronogramas de los proyectos prioritarios de infraestructura.
9. Asesorar al seńor Presidente de la República en la discusión, aprobación y desarrollo de los proyectos relacionados con la infraestructura del país.
10. Presentar al seńor Presidente de la República informes mensuales sobre las ejecutorias de las entidades, en lo que tiene que ver con los proyectos prioritarios de infraestructura.
11. Participar en foros y reuniones, de acuerdo con las instrucciones del seńor Presidente de la República, donde las entidades competentes presenten los proyectos de infraestructura.
12. Participar en el Comité Interinstitucional de Participación Privada creado por el Conpes en su sesión del 26 de abril de 1995.
13. Las demás que le asigne el seńor Presidente de la República.
Artículo 5.
ş. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga en lo pertinente el Decreto 218 de 1995. Afecta la vigencia de: Deroga en lo pertinente DECRETO 218 de 1995
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C., a 8 de octubre de 1996.
ERNESTO SAMPER PIZANO El Viceministro encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Publico, Eduardo Fernández Delgado.
El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, José Antonio Vargas Lleras.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Publica, Edgar González Salas
¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.
Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.
Preguntar al asistenteSi ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.
También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.
Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.