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CIRCULAR EXTERNA 5 de 2014

Modificación circular número 032 del 20 de noviembre de 2013

Tipo
CIRCULAR EXTERNA
Número
5
Año
2014
Entidad
MINISTERIO DE COMERCIO INDUSTRIA Y TURISMO
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Evaluadas las peticiones de los usuarios de comercio exterior en el sentido de ampliar el periodo de utilización del cupo asignado respecto a los contingentes de cueros y pieles en bruto y cueros en estado húmedo azul ("wet-blue"), establecidos en el Decreto número 2469 de 2013, y teniendo en cuenta su comportamiento de las exportaciones entre el 22 de noviembre de 2013 y el 28 febrero de 2014, de manera atenta se informa las siguientes modificaciones a la Circular número 032 de 2013 de la Dirección de Comercio Exterior:

Utilización del cupo asignado.

Se establece un nuevo plazo de utilización del cupo asignado inicialmente, quedando de la siguiente manera:

Entre el 5 de diciembre de 2013 y el 19 de septiembre de 2014 inclusive, el usuario deberá realizar las exportaciones amparadas en el cupo otorgado en la asignación inicial. El cupo que no se utilice será reasignado.

Reasignación.

Solo se realizará una reasignación, conservando los mismos porcentajes de asignación inicial entre los usuarios, de acuerdo a lo establecido en el Decreto número 2469 de 2013.

La utilización de cupo inicial deberá realizarse antes del 19 de septiembre de 2014 inclusive, y deberá demostrarse a través de las Declaraciones de Exportación enviadas al correo electrónico contingentescueros@mincit.gov.co a más tardar e122 de septiembre de 2014.

El día 25 de septiembre de 2014, a través de la Sección Temas de Interés de la página web del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo www.mincit.gov.co, serán publicadas las toneladas disponibles para reasignar.

Entre el 26 de septiembre y el 2 de octubre de 2014, se recibirán las solicitudes de reasignación de cupo, de conformidad con el procedimiento indicado en la Circular número 032 de 2013.

El 7 de octubre de 2014, a través de la Sección Temas de Interés de la página web del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo www.mincit.gov.co, se publicará el listado de usuarios con la reasignación correspondiente.

Entre el 8 de octubre y el 21 de noviembre de 2014 se deberá utilizar el cupo y demostrar su utilización a través de las Declaraciones de Exportación a más tardar el 22 de noviembre de 2014, enviadas al correo electrónico contingentescueros@mincit.gov.co Los demás criterios de distribución y administración contemplados en la Circula número 032 del 20 de noviembre de 2013 continúan vigentes.

La presente Circular rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial y modifica en lo pertinente de la circular número 032 del 20 de noviembre de 2013.

Cordial saludo, Luis Fernando Fuentes Ibarra.

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