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Resolución Reglamentaria 001 de 2014

Resolución Reglamentaria 1 de 2014 Contraloría de Bogotá D.C.

Tipo
Resolución Reglamentaria
Número
001
Año
2014
Fecha
3 de enero de 2014
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA 001 DE 2014 (Enero 3) Por la cual se adopta la nueva versión de algunos documentos del Proceso de Direccionamiento Estratégico y se dictan otras disposiciones. EL CONTRALOR DE BOGOTÁ, D. C. En ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas en el artículo 6° del Acuerdo 519 de 2012; y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el Artículo [269](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#269) de la Constitución Política de Colombia, es obligación de las autoridades públicas, diseñar y aplicar en las entidades públicas, métodos y procedimientos de control interno, según la naturaleza de sus funciones, de conformidad con lo que disponga la ley.

Que de conformidad con los literales b) y l) del artículo 4 de la Ley [87](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=300#0) de 1993 _“por la cual se establecen normas para el ejercicio de control interno en las entidades y organismos del Estado y se dictan otras disposiciones”,_ se deben implementar como elementos del sistema de control interno institucional la definición de políticas como guías de acción y procedimientos para la ejecución de procesos, así como, la simplificación y actualización de normas y procedimientos.

Que el Modelo Estándar de Control Interno - MECI, adoptado en la Contraloría de Bogotá mediante Resolución Reglamentaria No. 013 de junio 12 de 2006, contiene entre otros elementos de control del subsistema de control de gestión, los procedimientos, conformados por el conjunto de especificaciones, relaciones y ordenamiento de las tareas requeridas para cumplir con las actividades de un proceso, controlando las acciones que requiere la operación de la entidad pública. Establece los métodos para realizar las tareas, la asignación de responsabilidad y autoridad en la ejecución de las actividades.

Que el Concejo de Bogotá expidió el Acuerdo [519](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=51049#0) de 2012, por el cual se dictan normas sobre organización y funcionamiento de la Contraloría de Bogotá, D. C., que en su artículo 6º establece: _“En ejercicio de su autonomía administrativa le corresponde a la Contraloría de Bogotá, D.C., definir todos los aspectos relacionados con el cumplimiento de sus funciones en armonía con los principios consagrados en la Constitución, las Leyes y en este Acuerdo”._ Que el artículo 38, en su numeral 9 del precitado Acuerdo, establece como una de las funciones de la Dirección de Planeación:_“Realizar estudios, propuestas e investigaciones de carácter técnico sobre desarrollo administrativo, métodos de trabajo, simplificación, agilización y modernización de trámites y procedimientos y demás asuntos relacionados con la organización, tendientes al mejoramiento de la gestión y de los demás sistemas implementados en la Entidad”._ Que mediante Resolución Reglamentaria 015 de septiembre 24 de 2008 se adoptó el Manual de Políticas para la Contraloría de Bogotá D.C., no obstante el Manual del Sistema Integrado de Gestión, determina que la formulación de las diferentes políticas se encuentran plasmadas en los diferentes planes y programas de los subsistemas del SIG, por ende es necesario derogar esta resolución para evitar duplicidad de documentos.

Que la Ley [1474](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=43292#0) de 2011 _“Por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública”,_ artículo 73, establece que cada entidad del orden nacional, departamental y municipal deberá elaborar anualmente una estrategia de lucha contra la corrupción y de atención al ciudadano, siendo necesario incorporar dentro del Manual Integrado de Gestión el Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano.

Que la Ley [1562](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=48365#0) de 2012 _“Por la cual se modifica el sistema de riesgos laborales y se dictan otras disposiciones en materia de salud ocupacional”,_ se hace necesario modificar le nombre del Programa de salud Ocupacional por “Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo”.

Que en cumplimiento al artículo [21](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4275#21) de la Ley 594 de 2000 _“Ley General de Archivos”,_ es necesario integrar como documento del SIG el Programa de Gestión Documental.

Que a raíz de la expedición del Decreto [1510](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=53776#0) del 17 de junio de 2013 _“Por el cual se reglamenta el sistema de compras y contratación pública”, es necesario modificar el Plan de Compras por “Plan Anual de Adquisiciones”_.

Que el Plan de Acción vigencia 2013 del Proceso de Direccionamiento Estratégico, se estableció la actividad relacionada con _“Armonizar el Sistema Integrado de Gestión de la Entidad aplicando los requisitos de la Norma NTDSIG 001:2011, como herramienta de gestión que permite dirigir y evaluar el desempeño institucional”,_ en consecuencia es necesario describir los subsistemas que lo integran el SIG.

Que en reunión del equipo de gestores del Proceso de Direccionamiento Estratégico, se aprobó modificar el Procedimiento para la Formulación, Seguimiento y Modificación del Plan de Acción, con el fin de unificar criterios relacionados con la determinación del índice de desempeño de las dependencias y el formato de Plan de Acción.

Que mediante Resolución Reglamentaria No. 020 del 09 de mayo de 2013, adoptó la nueva versión del Manual del Sistema Integrado de Gestión de la Contraloría de Bogotá D.C.

Que mediante Resolución Reglamentaria No. [021](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=53498#0) del 11 de junio de 2013, adoptó la nueva versión de procedimientos del Proceso de Direccionamiento Estratégico, entre ellos el Procedimiento para la Formulación, Seguimiento y Modificación del Plan de Acción.

Que teniendo en cuenta el concepto de mejora establecido en las Normas Técnicas de Calidad NTC ISO 9001:2008 NTC GP 1000:2009 y las normas citadas anteriormente, es necesario ajustar el Manual del Sistema Integrado de Gestión – SIG de la Contraloría de Bogotá D.C. y el Procedimiento para la formulación, Seguimiento y Modificación del Plan de Acción, con el fin de incorporar los cambios aprobados por las instancias mencionadas anteriormente.

RESUELVE:

Artículo primero.

- Adoptar la nueva versión de los siguientes procedimientos del Proceso de Direccionamiento Estratégico: | No. | Documento | Código | Versión** ---|---|---|--- 1 | Manual del Sistema Integrado de Gestión – SIG de la Contraloría de Bogotá D.C. | 01006 | 12.0 2 | [Derogado por el art. 4, Resolución Contraloría Distrital 016 de 2014](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=57367#4). Procedimiento para la Formulación, Seguimiento y Modificación del Plan de Acción. | 01001 | 9.0

Artículo segundo.

-** Es responsabilidad de la Dirección de Planeación gestionar la simplificación, agilización y modernización del procedimiento que se adopta, para garantizar el mejoramiento de la gestión y del sistema que se implemente en la Entidad.

ARTÍCULO TERCERO.- Es responsabilidad de los Directores, Subdirectores, Jefes de Oficinas y Gerentes, velar por la administración y divulgación de los documentos adoptados.

Artículo cuarto.

-** La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial la Resolución Reglamentaria [015](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=33731#0) de septiembre 24 de 2008, el artículo segundo de la Resolución Reglamentaria 020 de mayo 09 de 2013 y literal [2°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=53498#2.l.2) del artículo segundo de la Resolución Reglamentaria No. 021 del 11 de junio de 2013.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D. C., a los 3 días del mes de enero del año 2014.

DIEGO ARDILA MEDINA

Contralor de Bogotá D.C.

NOTA: Publicada en el Registro Distrital 5274 de enero 8 de 2014

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