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Resolución Local 022 de 2014

Resolución Local 22 de 2014 Alcaldía Local de Puente Aranda

Tipo
Resolución Local
Número
022
Año
2014
Fecha
14 de febrero de 2014
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN LOCAL 022 DE 2014 (Febrero 14) Por medio de la cual se establecen condiciones y lugares en los cuales están ubicadas las carteleras locales y/o mogadores para la fijación de elementos de publicidad exterior visual destinados a difundir propaganda electoral de los Partidos y Movimientos Políticos con Personería Jurídica y los movimientos sociales y grupos significativos de ciudadanos en las elecciones para Representantes a la Cámara y Senado a celebrarse en el año 2014 en la Localidad Decimo Sexta de Puente Aranda, en cumplimiento al Decreto 564 de 2013. EL ALCALDE LOCAL DE PUENTE ARANDA En uso de sus facultades Constitucionales y legales especialmente las conferidas en el Decreto 1421 de 1993, el Decreto 335 del 27 de julio de 2007 y el artículo 5 de la Resolución 0117 de 2007 emanada del Consejo Nacional Electoral y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo quinto de la Resolución 0117 de 2007 del Consejo Nacional Electoral establece que los Alcaldes y Registradores Municipales promulgarán los Actos Administrativos destinados a regular la forma, característicos y condiciones para la fijación de vallas, pasacalles, carteles y afiches que contengan propaganda electoral, y demás elementos publicitarios exteriores, de acuerdo con el artículo 29 de la Ley 130 de 1994.

Que el artículo [29](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4814#29) de la Ley 130 de 1994 señala: “Corresponde a los Alcaldes y los Registradores Municipales regular la forma, característica, lugares y condiciones para la fijación de carteles, pasacalles, afiches y vallas destinadas a difundir propaganda electoral, a fin de garantizar el acceso equitativo de los partidos y movimientos, agrupaciones y candidatos a la utilización de estos medios, en armonía con el derecho de la comunidad a disfrutar del uso del espacio público y a la preservación de la estética. También podrán, con los mismos fines, limitar el número de vallas, afiches y elementos publicitarios destinados a difundir propaganda electoral.”

Que mediante Decreto [564](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=56232#0) de diciembre 09 de 2013, el señor Alcalde Mayor de la ciudad de Bogotá, D.C., por el cual regula la Publicidad Política o Propaganda electoral en su modalidad de publicidad exterior visual autorizada para las elecciones del 09 de Marzo de 2014, y se toman otras determinaciones.

Que para los fines anteriormente citados, el día catorce (14) de Febrero de 20013 se reunieron contratistas de la Alcaldía Local de Puente Aranda, en la cual sugirieron las carteleras y mogadores autorizados para la disposición de material publicitario alusivo a los comicios electorales para 2014. En mérito de lo expuesto, el Alcalde Local de Puente Aranda:

RESUELVE:

Artículo primero.

Establecer como mogadores o carteleras para la fijación de elementos de publicidad exterior visual destinadas a difundir propaganda electoral de los partidos y movimientos políticos con personería jurídica y los movimientos sociales y grupos significativos de ciudadanos en las elecciones para Cámara de Representantes y Senadores a celebrarse en el mes de Marzo de 2014 en la Localidad de Puente Aranda, los lugares ubicados en los siguientes predios: | PUNTOS DE INFORMACIÓN | DIRECCIÓN | TELEFONO | ENCARGADO ---|---|---|--- JAC Cundinamarca | CLL 19 C No 34-48 | 5658280- 3108534965 | Doña Betty Castañeda JAC Puente Aranda | CLL 18 No 53-25 | 2618998 – 3124561692 | Jorge Zamudio Parroquia San Ireneo | CRA 56 No 14-48 SUR | 2623129 | secretaria parroquia Marlen Peñuela Parroquia Beato José Allamano | CRA 56 CLL 4 | 5639438 | Alberto Sanabria Plaza de mercado | CRA 60 No 5-00 | 4175415 | Doris Yanira Caballero Parroquia San Clemente | CRA 62 No 8-40 | 2605870 | José Ignacio Ávila JAC Brasilia | CRA 50 No 4C-90 | 4463173-2609604-3153326430- | José de Jesús Badillo JAC Gorgonzola | DG 9C No 43B-02 | 2907678-4170507- | Ricardo Tolosa JAC Primavera | CRA 41 B No 5-57 | 3112357250-7583008 | Pedro Pablo Rosero Parroquia San Bernavé Apóstol | TRANSV 40 BIS No 5-62 | 4077503 | Antonio Caña JAC Villas del Rosario | TRANSV 38 A 29B 61 SUR | 3212157164-4092227 | Jorge Leyva JAC Autopista Sur | CLL 38 No 45-10 SUR | 2303835-3138888085- | Javier Rolando Castañeda Parroquia Santa Isabel de Hungría | CLL 39 No 51 B - 15 SUR | 2304975 | Guillermo Gómez López IED Andrés Bello | CLL 39 SUR No 47-47 | 2381508-2303362 | William Javier Salinas Muñoz Parroquia Santa Rosa de Lima | CLL 40 B SUR No 50-14 | 4079913 | Campo Elías Robayo JAC Torremolinos | CLL 19 SUR No 52-53 | 4081716-3114822332 | Flor Lucila Contreras JAC El Tejar | CRA 52C No 26-26 SUR | 3208655432-7282701- | Mario Rivero JAC San Eusebio | AV PRIMERA DE MAYO 52-13 SUR | 7101020-3143820336- | Ricardo Arana Parroquia La Visitación de Nuestra Señora | CRA 41 A No 33-60 | 7137408-7136060 | Rogelio Garzón Alfonso JAC Ciudad Montes Tercer Sector | AV 50 No 22-54 | 3114512642 | Wilson Fernando Rodríguez Parque Ciudad Montes | CLL 10 SUR No 39-29 | 2030025-7137911 | Didier Rey Venegas Administrador JAC Jazmín | CRA 50 No 1D-28 | 7139675-3133865858- | Rafael Castro Parroquia María Madre de Dios | CRA 45 No 2-55 | 2027122 | Christian Arango Parroquia Santa Águeda | CLL 1A CRA 38 | 7031139-7137613 | Adolfo Villamil JAC Veraguas | CRA 31 No 4-32 | 2018909-3124725375 | Byron Alberto Araujo JAC Gaitán Cortés | CRA 39 No 26-15 | 7574661-3153938468 | Carlos Garay JAC Barcelona | CLL 4B BIS No 51-54 | 4065445-3163510644 | Pedro Torres Parroquia Los Doce Apóstoles | CLL 4 No 56A-17 | 2603858 | José Dolores Asprilla Parroquia San Esteban | CLL 32 SUR No 51 D 05 | 2042870-4088838 | Nelson Fernando Medina JAC Los Ángeles | AV 68 No 31-16 SUR | 7100781-3115415043 | Ignacio Muñoz Parroquia Santa Matilde | CRA 34 B No 9-50 | 2022718 | Wilson Bastos Cerinza JAC San Gabriel | CRA 56 No 5 A 95 | 2612104-3134020055 | Martha Luz Arévalo de Zambrano Colegio la Merced | CLL 13 No 42 A 51 | 2688281 | Rosa Delia Gómez Parroquia San Rafael | Carrera 50 N. 5 B 26 | 2603402 | Pedro Nel Abella| (sic)

Artículo segundo.

Ordenar que cada candidato o movimiento político tenga derecho a tres carteles o afiches de 50 Centímetros por 70 centímetros en cada uno de los sitios señalados en el artículo anterior. La fijación se hará previa solicitud escrita y la asignación de los espacios se realizará de acuerdo al orden de radicación de las solicitudes.

Artículo tercero.

Ordenar a los diferentes partidos y movimientos políticos con personería jurídica y los movimientos sociales y grupos significativos de ciudadanos que participan en las elecciones a celebrarse en el año 2014, que soliciten los correspondientes permisos para la ubicación de sus afiches, el retiro y desmonte de la publicidad exterior visual dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a la finalización de la contienda electoral, en los términos del Artículo [13](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=56232#13) del Decreto 564 de 2013 y dejar el sitio en el estado en que se encontró, de conformidad con cada autorización.

Artículo cuarto.

La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá D.C., a los 14 días del mes de febrero del año 2014.

CÉSAR HENRY MORENO TORRES

Alcalde Local Puente Aranda

NOTA: Publicada en el Registro Distrital 5301 de febrero 19 de 2014

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