DECRETO 1746 de 1995
por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1010 de 1995.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 1746
- Año
- 1995
- Entidad
- MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el artículo 189 numeral 11 de la Constitución Política,
DECRETA:
Artículo 1.
ş. El artículo 4ş del Decreto 1010 de junio 16 de 1995, quedará así:
"La Caja Nacional de Previsión Social hará entrega a la(s) sociedad(es) fiduciaria(s) administradora(s) del Fondo de Pensiones Públicas del Nivel Nacional, a más tardar el 31 de agosto de 1995, del archivo plano donde se encuentre la nómina de pensionados, con todos los datos necesarios como: de la prestación, descuentos legales y autorizados por el titular de la prestación."
La información a la que se refiere este artículo debe entregarse y en forma posterior se realizará una auditoría directamente por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público o contratada por éste, para lo cual la Caja Nacional de Previsión deberá mantener a disposición de la(s) sociedad(es) fiduciaria(s) administradora(s) del Fondo de Pensiones Públicas del Nivel Nacional, del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el auditor contratado por éste, todos los actos administrativos soporte de la nómina general de pensionados.
Afecta la vigencia de: Modifica Artículo 4 DECRETO 1010 de 1995
Artículo 2.
ş. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 12 de octubre de 1995.
ERNESTO SAMPER PIZANO El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Guillermo Perry Rubio.
La Ministra de Trabajo y Seguridad Social, María Sol Navia Velasco.
¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.
Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.
Preguntar al asistenteSi ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.
También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.
Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.