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DECRETO 1739 de 1999

por el cual se deroga el artículo 16 del Decreto 2532 de 1994 y el literal k) del artículo 4 del Decreto 197 de 1995 y se dictan otras disposiciones

Tipo
DECRETO
Número
1739
Año
1999
Entidad
MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades constitucionales y legales, que le confieren el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política, con sujeción a los artículos 3 de la Ley 6 de 1971 y 2 de la Ley 7 de 1991,

DECRETA:

Artículo 1.

ş. Derógase el artículo 16 del Decreto 2532 de 1994 y el literal k) del artículo 4 del Decreto 197 de 1995.

Afecta la vigencia de: Deroga parcialmente (Literal k. ) Artículo 4 DECRETO 197 de 1995 Deroga Artículo 16 DECRETO 2532 de 1994

Artículo 2.

ş. Los Usuarios Aduaneros Permanentes y las Sociedades de Intermediación Aduanera, a que se refieren los literales b) y c) del artículo 3 del Decreto 2532 de 1994, tendrán que capacitar a los representantes y auxiliares que acrediten ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y una vez por semestre, dictarles cursos sobre actualización de las disposiciones vigentes que en materia aduanera y en desarrollo de la actividad de comercio exterior se expidan.

Artículo 3.

ş. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.

Publíque se y cúmplase.

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C. a 7 de septiembre de 1999.

ANDRES PASTRANA ARANGO El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Juan Camilo Restrepo Salazar.

La Ministra de Comercio Exterior, Martha Lucía Ramírez.

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