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DECRETO 1732 de 1991

por el cual se señala la composición de la Junta Directiva del Banco Popular.

Tipo
DECRETO
Número
1732
Año
1991
Entidad
MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial de la que le confiere el artículo 19 de la Ley 45 de 1990, y oída la Comisión Asesora,

DECRETA:

Artículo 1o.

El artículo 2.4.2.3.1 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero quedará así:

" Junta Directiva. La Junta Directiva del Banco Popular se compondrá de cinco (5) miembros así: el Ministro de Hacienda y Crédito Público o su delegado, quien la presidirá; tres (3) Representantes del Presidente de la República con sus respectivos Suplentes designados por él y un (1) Miembro con su Suplente Personal elegido por la Asamblea General de Accionistas con los votos de los Accionistas distintos de la Nación."

Afecta la vigencia de: Modifica

Artículo 2.

4.2.3.1 DECRETO 1730 de 1991

Artículo 2o.

El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias. Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D.E., a 4 de julio de 1991.

CESAR GAVIRIA Rudolf Hommes Ministro de Hacienda y Crédito Público.

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