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Resolución Reglamentaria 027 de 2015

Resolución Reglamentaria 27 de 2015 Contraloría de Bogotá D.C.

Tipo
Resolución Reglamentaria
Número
027
Año
2015
Fecha
24 de junio de 2015
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA 027 DE 2015

(Junio 24)

“Por la cual se suprime el Comité Institucional de Televisión de la Contraloría de Bogotá, D.C.”

LA CONTRALORA DE BOGOTÁ, D. C. (E.F)

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas en los artículos 6º y 61 del Acuerdo 519 del 26 de diciembre de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que el Concejo de Bogotá expidió el Acuerdo [519](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=51049#0) de 2012, por medio del cual “se dictan normas sobre organización y funcionamiento de la Contraloría de Bogotá, D.C., se modifica su estructura orgánica e interna, se fijan las funciones de sus dependencias, se modifica su planta de personal y se ajustan el sistema de nomenclatura y los grados de la escala salarial de la planta de personal y se dictan otras disposiciones ”, el cual establece en su artículo 6º que en ejercicio de su autonomía administrativa le corresponde a la Contraloría de Bogotá, D.C. definir todos los aspectos relacionados con el cumplimiento de sus funciones en armonía con los principios consignados en la Constitución, las leyes y el Acuerdo referido.

Que el mencionado Acuerdo, en su artículo [35](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=51049#35), establece que la Oficina Asesora de Comunicaciones tiene entre otras funciones, la de “asesorar al Contralor de Bogotá, D.C. en materia de imagen corporativa, diseño y divulgación de programas y esquemas de diversos géneros de información para todos los medios de comunicación”; igualmente, le corresponde “producir y realizar programas que promuevan la imagen de la Contraloría de Bogotá, D. C. y difundir aspectos relacionados con la gestión de la entidad que sean de interés de la opinión pública, de acuerdo con las políticas establecidas por el Contralor”.

Que en desarrollo de esta función, se creó, conformó y reglamentó el Comité Institucional de Televisión de la Contraloría de Bogotá, D.C., mediante Resolución Reglamentaria No.007 del 1º de marzo de 2005.

Que teniendo en cuenta que el programa de televisión se emitió por última vez el 26 de enero de 2010, y que dentro de la política institucional vigente, no se tiene contemplado continuar con el mismo, se hace necesario suprimir el Comité institucional de televisión de la Contraloría de Bogotá, D.C.,. En mérito de lo anteriormente expuesto, la Contralora de Bogotá, D.C. (E.F)

RESUELVE:

Artículo Primero. Derogar la Resolución Reglamentaria No.007 del 1º de marzo de 2005, mediante la cual se creó, conformó y reglamentó el Comité Institucional de Televisión de la Contraloría de Bogotá. Artículo Segundo. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación, y deroga las disposiciones que le sean contrarias, especialmente la Resolución Reglamentaria No.007 del 1º de marzo de 2005.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D. C., a los 24 días del mes de junio del año 2015.

LIGIA INÉS BOTERO MEJÍA

Contralora de Bogotá, D.C. (EF)

NOTA: Publicada en el Registro Distrital 5621 de junio 26 de 2015

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