DECRETO 1703 de 1999
por el cual se derogan los Decretos 1361 y 1506 de 1999
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 1703
- Año
- 1999
- Entidad
- MINISTERIO DE TRANSPORTE
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la Rep·blica de Colombia, en desarrollo de sus facultades que le han sido conferidas por medio del artĒculo 8░ de la Ley 63 de 1923 y el artĒculo 30 del Decreto-ley 001 de 1984, yĀ ĀĀ
CONSIDERANDO:
Ā ĀĀ Que mediante Decreto 1361 de 22 de julio de 1999, se nombr¾ como Ministro de Transporte ad hoc, al Ministro de Desarrollo Econ¾mico, doctor Fernando Ara·jo Perdomo, para que conociera y adelantara todos los asuntos que fueran de competencia del Ministro de Transporte, relacionados con la solicitud de inscripci¾n en el Registro de Operadores de Transporte Multimodal de la sociedad Transportaci¾n MarĒtima Grancolombiana S. A., por concurrir en el entonces Ministro de Transporte, Mauricio Cßrdenas SantamarĒa, causal de impedimento debidamente aceptada por el Consejo de Ministros;Ā ĀĀ Que mediante Decreto 1506 del 12 de agosto de 1999, se aclar¾ el mencionado decreto 1361, en el sentido de precisar el nombre correcto y completo de la sociedad cuya solicitud debĒa ser conocida por el Ministro de Desarrollo Econ¾mico en su calidad de Ministro de Transporte ad hoc; Ā ĀĀ Que mediante Decreto 1467 del 12 de agosto de 1999, se nombr¾ a Gustavo Adolfo Canal Mora, como Ministro de Transporte, en reemplazo de Mauricio Cßrdenas SantamarĒa, a quien se le acept¾ la renuncia;Ā ĀĀ Que el doctor Canal Mora se posesion¾ en el cargo de Ministro de Transporte el 19 de agosto de 1999, como consta en el Acta de Posesi¾n 376 de la misma fecha;Ā ĀĀ Que las anteriores circunstancias han hecho que cese la causal de impedimento en cabeza del Ministro de transporte;Ā ĀĀ Que el Ministro de Desarrollo Econ¾mico a·n no ha avocado el conocimiento de la solicitud que motiv¾ el impedimento del doctor Cßrdenas SantamarĒa,Ā ĀĀ
DECRETA:
Ā ĀĀ
ArtĒculo 1░. Der¾ganse los Decretos 1361 y 1506 de 1999.Ā ĀĀ Afecta la vigencia de: DerogaĀĀ DECRETO 1361 de 1999 DerogaĀĀ DECRETO 1506 de 1999 ArtĒculo 2░. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicaci¾n.Ā ĀĀ PublĒquese, comunĒquese y c·mplase.Ā ĀĀ Dado en Santa Fe de Bogotß, D. C., a 30 de agosto de 1999.Ā ĀĀ ANDRES PASTRANA ARANGO Ā ĀĀ El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep·blica,Ā ĀĀ Juan Hernßndez Celis. Ā
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