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Acuerdo Local 069 de 2015

Acuerdo Local 069 de 2015 Junta Administradora Local de San Cristóbal

Tipo
Acuerdo Local
Número
069
Año
2015
Fecha
24 de mayo de 2015
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

ACUERDO LOCAL 069 DE 2015

(Mayo 24)

“Por el cual se efectúa una Adición al Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de San Cristóbal para la vigencia fiscal de 2015”

LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE SAN CRISTÓBAL

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere la Constitución Política en su Art. 324, Decreto Ley 1421 de 1993 y el Decreto 372 de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo [38](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#38) del Decreto 372 de 2010, _“Por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local – F.D.L.”,_ sobre “Distribución de Excedentes Financieros”, señala que el CONFIS distribuirá entre las localidades el monto de excedentes financieros determinados por los FDL, teniendo en cuenta las necesidades apremiantes no financiadas.

Que el FDL de San Cristóbal a 31 de diciembre de 2014 presentó un monto de excedente de $5.845.700.416.

Que mediante la Circular CONFIS 04 de 2015, se comunica que en la Sesión No.03 del 31 de marzo y 01 de abril de 2015, conforme a lo establecido en los artículos [37](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#37) y [38](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#38) del Decreto 372 de 2010, el CONFIS determinó un monto total de $54.714.751.207 de Excedentes Financieros generados a 31 de diciembre de 2014 por los FDL, los cuales se destinan $44.677.751.207 a la atención de adultos mayores de acuerdo con los lineamientos definidos en la directiva 005 del 05 de julio de 2012, “Lineamientos de Política para las Líneas de Inversión Local en la formulación de los Planes de Desarrollo local” y con el fin de incrementar la cobertura del Apoyo Económico Tipo C, y disminuir la segregación socioeconómica de ciudadanos mayores de 59 años y ciudadanas mayores de 54 años que no cuentan con un ingreso económico permanente para aportar a sus necesidades básicas, en las veinte localidades de la ciudad, $5.400.000.000 para apoyo económico para mujeres en ejercicio de prostitución mayores de 35 años en 5 localidades.

Que en concordancia con lo señalado por el CONFIS, se asignó al FDL de San Cristóbal la suma de $2.544.244.896 para Apoyo económico Tipo C al adulto mayor.

Que mediante comunicación Nº 2-2015-20208 de 29 de abril de 2015 la Secretaría Distrital de Planeación emitió concepto previo y favorable a la modificación propuesta. De igual forma y en consonancia con el Artículo 31 Modificaciones Presupuestales del Decreto 372 de 2010, en el numeral [2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#31.2) Créditos Adicionales, acápite c) Adición por Excedentes Financieros la adición presupuestal de cada Fondo de Desarrollo Local se hará “mediante Acuerdo de la JAL, de acuerdo con la distribución que efectúe el CONFIS”. En este sentido, la Circular CONFIS Nº 04 del 2015, comunica que en la sesión Nº 03 del 31 de marzo y 01 de abril de 2015, conforme a lo establecido en los artículos 37 y 38 del Decreto 372 de 2010, el CONFIS determino la distribución de los excedentes financieros obtenidos en la vigencia fiscal 2014. Sobre estas consideraciones la adición de los excedentes financieros a los presupuestos anuales de los Fondos de Desarrollo Local, por parte de las JAL no requiere de conceptos adicionales. Una vez realizada la adición de los excedentes financieros en el presupuesto anual del respectivo Fondo de Desarrollo Local, el Alcalde emitirá el Decreto de incorporación de los recursos adicionados al Proyecto 939 Atención integral a personas mayores disminuyendo la discriminación y la segregación socioeconómica el cual se debe tramitar de conformidad con las normas presupuestales vigentes. En mérito de lo anteriormente expuesto, [Ver Decreto Local 009 de 2014](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=60349#0).

ACUERDA:

Artículo 1°.

Adicionar el Presupuesto de Ingresos y de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de San Cristóbal para la Vigencia Fiscal de 2015, conforme al siguiente detalle: | Código | Concepto | **Valor ---|---|---

2. | Ingresos | 2.544.244.896 ---|---|--- 2.4 | Recursos de Capital | 2.544.244.896 2.4.5 | Excedentes Financieros | 2.544.244.896 | TOTAL INGRESOS | 2.544.244.896 3. | Gastos | 2.544.244.896 ---|---|--- 3.3 | Inversión | 2.544.244.896 | TOTAL GASTOS | 2.544.244.896

Artículo 2°.

El presente Acuerdo Local rige a partir de la fecha de su publicación.

Comuníquese, publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá D.C., a los 24 días del mes de mayo del año 2015.

GUILLERMO ANTONIO VELANDIA NIÑO

Presidente JAL

Sanción del Acuerdo por El Alcalde Local

JAIRO LEÓN VARGAS

Alcalde Local de San Cristóbal

Fecha de sanción 02 de junio de 2015.

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5609 de junio 09 de 2015.

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