Acuerdo Local 001 de 2015
Acuerdo Local 001 de 2015 Junta Administradora Local de Chapinero
- Tipo
- Acuerdo Local
- Número
- 001
- Año
- 2015
- Fecha
- 10 de junio de 2015
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
ACUERDO LOCAL 001 DE 2015
(Junio 10) [Liquidado por el Decreto Local 006 de 2015](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62422#0). “Por medio del cual se efectúa una adición al Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2015”.
LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el literal C. del Artículo 31 del Decreto 372 de Agosto 30 de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo [31](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#31) de Decreto Distrital 372 del 30 de agosto de 2010, por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local – F.D.L., establece que _“Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto de la respectiva vigencia fiscal, mediante traslados, créditos adicionales, reducciones y suspensión temporal de apropiaciones….”_ __ Que el artículo [38](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#38) del Decreto 372 de 2010, “por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local – F.D.L.”, sobre “Distribución de Excedentes Financieros”, señala que el CONFIS distribuirá entre las localidades el monto de excedentes financieros determinados por los FDL, teniendo en cuenta la las necesidades apremiantes no financiadas.
Que la misma norma señala que _“Adición por Excedentes Financieros: Si persistiera un saldo positivo, una vez ajustado el presupuesto Local al monto real de las Obligaciones por Pagar constituidas al cierre de la vigencia Inmediatamente anterior, deberá este ser adicionado por cada F.D.L., mediante Acuerdo de la JAL, de acuerdo con la distribución que efectué el CONFIS, quien para el efecto consultará criterios de eficiencia y los conceptos de los Alcaldes Locales correspondientes”._ __ Que mediante circular CONFIS No. 04 de 2015, se les comunica a las Alcaldesas y Alcaldes Locales que el CONFIS en sesión 03 celebrada los días 31 de Marzo y 1 de Abril de 2015 y conforme a lo establecido en los artículos 37 y 38 del Decreto Distrital 372 de 2010, resolvió lo siguiente: 1) Determinar un monto de excedentes financieros a 31 de diciembre de 2014 por valor de $ 54.714.751.207, generados por cada uno de los veinte 20 Fondos de Desarrollo Local – FDL así (..), 2) Distribuir los excedentes financieros de los FDL 2014 por valor de $54.714.751.207, de acuerdo con lo definido en el artículo 38º del Decreto Distrital 372 de 2010, considerando los conceptos y propuestas de los Alcaldes Locales y las necesidades apremiantes que presenta la Ciudad.
Que de la distribución de estos excedentes por parte del CONFIS, $ 44.677.751.207 se destinaron a la atención de adultos mayores de acuerdo con los lineamientos definidos en la Directiva [005](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=48245#0) del 5 de Julio de 2012 y con el fin de incrementar la cobertura del Apoyo Económico Tipo C y disminuir la segregación socio económica de ciudadanos mayores de 59 años y ciudadanas mayores de 54 años que no cuentan con un ingreso económico permanente para aportar a sus necesidades.
Que en la distribución del monto del párrafo anterior, se le asignaron $47.430.112 a la Localidad de Chapinero y fue efectuada teniendo en cuenta las localidades con mayor número de solicitudes de atención para 2015, según datos de la Secretaría Distrital de Integración Social.
Que la Subsecretaria de Planeación de la Inversión de la Secretaría de Planeación mediante comunicación Nº 2-2015-20189 del 29 de Abril de 2014, emite concepto favorable sobre la asignación de los Excedentes Financieros.
Que en mérito de lo expuesto la Junta Administradora Local de Chapinero,
ACUERDA:
Artículo primero.
Efectúese una adición al Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero, en la suma de CUARENTA Y SIETE MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA MIL CIENTO DOCE PESOS ($47.430.112.00) MONEDA CORRIENTE, según el siguiente detalle: | CODIGO | CONCEPTO | VALOR ---|---|--- 2 | INGRESOS | 47.430.112 2.4 | RECURSOS DE CAPITAL | 47.430.112 2.4.5 | Excedentes financieros | 47.430.112 TOTAL ADICIÓN RENTAS E INGRESOS | 47.430.112**
Artículo segundo.
Efectúese una adición al Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero, en la suma de CUARENTA Y SIETE MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA MIL CIENTO DOCE PESOS ($47.430.112.00) MONEDA CORRIENTE, según el siguiente detalle:
3.3 | INVERSIÓN | 47.430.112.00 ---|---|--- 3.3.1 | DIRECTA | 47.430.112.00
Artículo tercero.
El presente Acuerdo Local rige a partir de la fecha de su publicación.
COMUNÍQUESE, PUBLÌQUESE Y CÚMPLASE.
Ponente:
GERMÁN RICAURTE CAMARGO
Edil
El presente Acuerdo Local fue aprobado en sesión Plenaria Ordinaria a los 10 días del mes de junio del 2015.
ROLANDO GONZÁLEZ GARCÍA
Presidente (E)
Junta Administradora Local
MARYURY EYEYTH HIGUERA CUERVO
Secretaria (E)
Junta Administradora Local
El Alcalde Local de Chapinero, sanciona el presente Acuerdo a los (22) días del mes de junio de 2015.
MAURICIO JARAMILLO CABRERA
Alcalde Local de Chapinero
NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5629 de julio 09 de 2015
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