Acuerdo Local 002 de 2015
Acuerdo Local 002 de 2015 Junta Administradora Local de Bosa
- Tipo
- Acuerdo Local
- Número
- 002
- Año
- 2015
- Fecha
- 9 de mayo de 2015
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
ACUERDO LOCAL 002 DE 2015
(Mayo 09) [Sancionado por el art. 1, Decreto Local 005 de 2015](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=61820#1), [Liquidado por el art. 1, Decreto Local 006 de 2015](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=61823#1). “Por medio del cual se efectua (sic) una adicion (sic) en el presupuesto de rentas e ingresos y de gastos e inversiones del fondo de desarrollo local de bosa para la vigencia fiscal 2015”.
LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE BOSA
En ejercicio de sus atribuciones legales en especial las conferidas por el artículo 69 del Decreto Ley 1421 de 1993 y el artículo 31 del Decreto Nº 372 de 2010 y
CONSIDERANDO:
Que según el artículo 31 numeral 2 literal [c](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#31.l.c) del Decreto Nº 372 de 2010. Adición por Excedentes Financieros: _“Si persistiera un saldo positivo, una vez ajustado el presupuesto local al monto real de las obligaciones por pagar constituidas al cierre de la vigencia inmediatamente anterior, deberá éste ser adicionado por cada FDL mediante Acuerdo de la JAL, de acuerdo con la distribución que efectúe el CONFIS, quien para el efecto consultara criterios de eficiencia y los conceptos de los Alcaldes Locales correspondientes”._ __ Que el Fondo de Desarrollo Local de Bosa efectuó el cierre presupuestal de la vigencia 2014, determinándose unos excedentes financieros de $2.792.930.300.
Que según el artículo [37](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#37) del Decreto 372 de 2010, el CONFIS determinara la cuantía de los excedentes financieros que entraran a hacer parte de los recursos de capital del presupuesto Distrital, con destinación a los Fondo de Desarrollo Local.
Que según el artículo [38](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#38) del Decreto 372 de 2010, el excedente financiero de los FDL se distribuirá entre las localidades con criterio de eficiencia por parte del CONFIS.
Que según Circular Confis Nº 04 de 2015, el CONFIS en sesión Nº 03 celebrada los días 31 de Marzo y 01 de abril de 2015 y conforme a lo establecido en los artículos 37 y 38 del Decreto Distrital 372 de 2010, asigno al FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE BOSA un excedente financiero de $3.139.756.302 con destino a la atención de adultos mayores de acuerdo con los lineamientos definidos por la directiva [005](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=48245#0) del 05 de julio de 2012.
Que la Secretaria Distrital de Planeación mediante oficio Nº 2-2015-20219 del 29-04-2015, emitió concepto previo favorable a la adición presupuestal del FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE BOSA.
Que en mérito de lo expuesto, [Ver Acuerdo Local 005 de 2014](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=60316#0).
ACUERDA:
Artículo primero.
Efectúese una adición al presupuesto anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la vigencia fiscal 2015 del Fondo de Desarrollo Local de Bosa, por valor de ($3.139.756.302) según el siguiente detalle: | CODIGO | NOMBRE | **VALOR ---|---|--- 2 | INGRESOS | $3.139.756.302 2.4 | RECURSOS DE CAPITAL | $3.139.756.302 | TOTAL INGRESOS + DISPONIBILIDAD INICIAL | $3.139.756.302 | | 3 | GASTOS | $3.139.756.302 3.3 | INVERSION | $3.139.756.302 | TOTAL GASTOS + DISPONIBILIDAD FINAL | $3.139.756.302
Artículo segundo.
El presente Acuerdo Local rige a partir de la fecha de su publicación.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, a los 09 días del mes de mayo del año 2015.
CARLOS JAVIER SANTAMARÍA OVALLE
Presidente JAL
JAIME SALAS MORENO
Secretario JAL
La Alcaldesa Local de BOSA, sanciona el presente Acuerdo a los catorce (14) días del mes de mayo de dos mil quince (2015).
DIANA CALDERÓN ROBLES
Alcaldesa Local de Bosa
NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5594 de mayo 15 de 2015
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