DECRETO 1649 de 1992
Por el cual se aprueba un Acuerdo del Comité Nacional de Cafeteros.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 1649
- Año
- 1992
- Entidad
- MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO LEGISLATIVO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confieren las Leyes 76 de 1927 y 11 de 1972 y el Decreto Legislativo 2078 de 1940,
DECRETA:
Artículo 1ş Apruébase el Acuerdo número 13 de 1992 del Comité Nacional de Cafeteros, cuyo texto dice lo siguiente:
ACUERDO NUMERO 13 DE 1992 (septiembre 3)
El Comité Nacional de Cafeteros en uso de sus atribucione s, y
CONSIDERANDO:
a) Que con base en el Decreto número 2078 de 1940 y en las disposiciones que lo adicionan y lo reforman, el Gobierno y la Federación celebraron, el 22 de diciembre de 1988, un Contrato de Administración y Manejo del Fondo Nacional del Café y Prestación de Servicios; b) Que según las disposiciones legales vigentes y los contratos celebrados entre la Federación Nacional de Cafeteros y el Gobierno Nacional, la defensa y regulación del ingreso cafetero y la comercialización del grano en los mercados internos y externos, son finalidades del Fondo Nacional del Café; c) Que mediante Decreto número 2592 de noviembre 19 de1991 el Gobierno Nacional aprobó el Acuerdo número 7 de1991, del Comité Nacional de Cafeteros, por medio del cual se autorizó a la Federación para que, como administradora del Fondo Nacional del Café, emita Títulos de Apoyo Cafetero, TAC, como parte de las medidas adoptadas por el citado Comité para aliviar la crisis financiera de dicho Fondo; d) Que en desarrollo del Plan de Ajuste planteado por el Congreso Nacional de Cafeteros y adoptado por el Comité Nacional de Cafeteros en su sesión del 15 de julio de 1992, para solucionar los problemas financieros y de tesorería del Fondo Nacional del Café, a raíz del agravamiento de la crisis, el Gobierno decidió adquirir, a través de la Tesorería General de la República, Títulos de Apoyo Cafetero, TAC, por el equivalente en pesos colombianos de US$ 50.000.000.00; e) Que el Comité Nacional, con el voto expreso y favorable del seńor Ministro de Hacienda y Crédito Público, aprobó la emisión de tales títulos,
ACUERDA:
Artículo 1°.
Autorizar a la Gerencia de la Federación Nacional de Cafeteros de Colombia para que, como administradora del Fondo Nacional del Café, emita Títulos de Apoyo Cafetero TAC hasta por un valor equivalente en pesos colombianos a cincuenta millones de dólares de los Estados Unidos (US$ 50.000.000), para que sean adquiridos por la Tesorería General de la República.
Artículo 2°.
Tales Títulos tendrán las características previstas en los artículos 2° y 4° del Decreto número 2592 de noviembre 19 de 1991.
Artículo 3°.
Facúltase a la Gerencia de la Federación Nacional de Cafeteros para celebrar todos los actos administrativos, jurídicos y presupuestales necesarios para la emisión y el manejo de los Títulos de que trata este Acuerdo.
Artículo 4°.
Sométase el presente Acuerdo a la aprobación del seńor Presidente de la República, por conducto del seńor Ministro de Hacienda y Crédito Público.
Dado en Santafé de Bogotá, D, C., a los tres (3) días del mes de septiembre de mil novecientos noventa y dos (1992).
El Presidente, (Fdo.) Diego Arango Mora.
El Secretario, (Fdo.) Hernando Galindo Mayne.
Artículo 2ş Este Decreto rige desde la fecha de publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 9 de octubre de 1992.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rudolf Hommes.
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