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DECRETO 1632 de 1995

por el cual se aclara el Decreto 1920 del 5 de agosto de 1994.

Tipo
DECRETO
Número
1632
Año
1995
Entidad
MINISTERIO DE SALUD
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO El P residente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad conferida por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, literales d) y e) del numeral 1ş del artículo 3ş de la Ley 10 de 1990 y artículo 3ş de la Ley 60 de 1993, y

CONSIDERANDO:

Que en ejercicio de las facultades extraordinarias conferidas por el numeral 5ş del artículo 248 de la Ley 100 de 1993, el Gobierno Nacional expidió el Decreto-ley 1298 de 1994 denominado "Estatuto Orgánico del Sistema General de Seguridad Social en Salud", con el objeto de sistematizar, integrar, incorporar y armonizar en un solo cuerpo jurídico, las normas vigentes en materia de salud:

Que en desarrollo de las facultades otorgadas por la Constitución Política se reglamentaron algunos artículos de las normas que fueron incorporadas en el citado Estatuto;

Que mediante Sentencia número C-255/95 del 7 de junio de 1995 proferida por la honorable Corte Constitucional, se declaró inexequible el Decreto-ley 1298 del 22 de junio de 1994;

Que la declaratoria de inexequibilidad del Decreto-ley 1298 de 1994 no afectó la validez y la vigencia de cada una de las normas que en él fueron integradas tal y como lo afirma la honorable Corte Constitucional:

"Es necesario aclarar que la declaración de inexequibilidad del Decreto 1298 no implica tal declaración en relación con cada una de las normas que en él fueron integradas. Estas normas, en sí mismas consideradas, conservan su validez y su vigencia, si no han sido ya declaradas inexequibles, o derogadas por una norma diferente al Decreto 1298. Lo que desaparece en virtud de la presente declaración de inexequibilidad es el estatuto o código que se pretendió dictar por medio del Decreto 1298 de 1994",

DECRETA:

Artículo 1.

ş. Aclarar el Decreto 1920 del 5 de agosto de 1994, por el cual se reglamentan parcialmente los artículos 3ş y 5ş del Decreto-ley 1298 de 1994, en relación con los principios de subsidiaridad, complementariedad y concurrencia en la organización del Sistema General de Seguridad Social en Salud, en el sentido que este acto administrativo reglamenta los literales d) y e) del numeral 1ş del artículo 3ş de la Ley 10 de 1990 y el artículo 3ş de la Ley 60 de 1993.

Afecta la vigencia de: Aclara DECRETO 1920 de 1994

Artículo 2.

ş. Cuando se cita el Decreto 1298 de 1994, en el contenido del Decreto que se aclara por medio del presente acto administrativo, debe entenderse que la norma aplicable, es la norma de origen contenida en las Leyes 10 de 1990 y 60 de 1993.

Artículo 3.

ş. El presente Decreto rige a partir de su publicación. Publíquese y cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 25 de septiembre de 1995.

ERNESTO SAMPER PIZANO El Ministro de Salud, Augusto Galán Sarmiento.

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