DECRETO 1623 de 1991
por el cual se modifican los Decretos 1060 de 1983 y 2813 de 1990.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 1623
- Año
- 1991
- Entidad
- MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que para la conmemoración del V Centenario del Descubrimiento de América, se integró una Comisión Preparatoria por el Decreto 1060 de 1983, modificado por el Decreto 2813 de 1990;
Que por la limitación de los recursos que se han destinado para este evento se hace necesario ampliar la posibilidad de captar recursos y obtener aportes;
Que adicionalmente se hace necesario modificar la conformación de la Comisión,
DECRETA:
Artículo 1.
Modifícase el artículo 1 del Decreto 1060 de 1983 modificado por el artículo 1 del Decreto 2813 de 1990, el cual quedará así:
"Artículo 1. La Comisión Colombiana para la preparación de la celebración del V Centenario del Descubrimiento de América estará integrada por las siguientes personas:
1. Ana Milena Muńoz de Gaviria.
2. Alfonso López Michelsen.
3. Belisario Betancur Cuartas.
4. El Ministro de Relaciones Exteriores o su Delegado.
5. El Ministro de Educación Nacional o su Delegado.
6. El Director de Proexpo.
7. El Director del Instituto Colombiano de Cultura, Colcultura.
8. Miguel Silva Pinzón.
9. Mauricio Obregón Abreu.
10. Enrique Santos Calderón.
Afecta la vigencia de: Modifica Artículo 1 DECRETO 1060 de 1983
Artículo 2.
Modifícanse los artículos 2 del Decreto 1060 de 1983 y 4 del Decreto 2813 de 1990, los cuales quedarán así:
"Los gastos que demande el funcionamiento de las comisiones y el apoyo al desarrollo de la programación aprobada se harán con cargo al presupuesto del Ministerio de Educación Nacional y/o el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, y con donaciones o aportes recibidos de personas jurídicas o naturales, nacionales o extranjeras".
Afecta la vigencia de: Modifica Artículo 2 DECRETO 1060 de 1983 Modifica Artículo 4 DECRETO 2813 de 1990
Artículo 3.
El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 26 de junio de 1991.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO El Ministro de Relaciones Exteriores, Luis Fernando Jaramillo Correa;
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rudolf Hommes Rodriguez;
El Ministro de Educación Nacional, Alfonso Valdivieso Sarmiento;
El Jefe del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, Fabio Villegas Ramirez.
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