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DECRETO 1619 de 1990

por el cual se deroga el Decreto legislativo 678 de 1990.

Tipo
DECRETO
Número
1619
Año
1990
Entidad
PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO LEGISLATIVO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 121 de la Constitución Política y en desarrollo del Decreto 1038 de 1984,

DECRETA:

Artículo 1°.

Derógase el Decreto legislativo 678 del 28 de marzo de 1990, “por el cual se dictan medidas tendientes al restablecimiento del orden público en el Municipio de Envigado, Antioquia”.

Afecta la vigencia de: Deroga DECRETO 678 de 1990

Artículo 2°.

El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 25 de julio de 1990.

VIRGILIO BARCO El Ministro de Gobierno, Horacio Serpa Uribe. El Ministro de Relaciones Exteriores, Julio Londońo Paredes. El Ministro de Justicia, Roberto Salazar Manrique. El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Luis Fernando Alarcón Mantilla. El Ministro de Defensa Nacional, General Oscar Botero Restrepo. El Ministro de Agricultura, Gabriel Rosas Vega. La Ministra de Trabajo y Seguridad Social, María Teresa Forero de Saade. El Ministro de Salud, Eduardo Díaz Uribe. La Ministra de Desarrollo Económico, María Mercedes Cuéllar de Martínez. La Ministra de Minas y Energía, Margarita Mena de Quevedo. El Viceministro de Educación Nacional, encargado de las funciones del Despacho de Ministro de Educación Nacional, Adolfo Miguel Polo Solano. El Ministro de Comunicaciones, Enrique Danies Rincones. La Ministra de Obras Públicas y Transporte, Luz Priscila Ceballos Ordóńez.

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