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DECRETO 1610 de 1997

por el cual se introducen algunas modificaciones en el Arancel de Aduanas.

Tipo
DECRETO
Número
1610
Año
1997
Entidad
MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades conferidas por el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política, con sujeción a las normas generales previstas en las Leyes 6 de 1971 y 7 de 1991, oído el Consejo Superior de Comercio Exterior,

DECRETA:

Artículo 1°.

Introducir en la subpartida arancelaria 8523.11.00.00 el desdoblamiento que a continuación se indica:

Subpartida Descripción Gravamen % -Cintas magnéticas:

8523.11.00 --De anchura inferior o igual a 4 mm:

10 ---Para la impresión de sonido, en rollos de más de 2.100 m. 12 90 ---Las demás 20

Artículo 2°.

Fijar los siguientes gravámenes arancelarios a las subpartidas del Arancel de Aduanas que a continuación se seńalan:

Subpartida Gravamen % 2905320000 7 3824909110 0

Artículo 3°.

El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíque se y cúmplase.

Dado en Santa Fe de Bogotá, a 24 de junio de 1997.

ERNESTO SAMPER PIZANO El Ministro de Hacienda y Crédito Público, José Antonio Ocampo G.

El Ministro de Comercio Exterior, Carlos Ronderos T.

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