DECRETO 1594 de 2004
por el cual se suprimen cargos vacantes de la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 1594
- Año
- 2004
- Entidad
- MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO CONSTITUCIONAL El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 18 de la Ley 790 de 2002 y el Decreto 190 de 2003, disponen que los cargos que quedaren vacantes, como consecuencia de la jubilación o pensión de vejez de los servidores públicos que los desempeńaren, deberán ser suprimidos.
Que la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública, los estudios de que tratan el artículo 41 de la Ley 443 de 1998 y los artículos 148 y 155 del Decreto 1572 de 1998 modificado por el Decreto 2504 de 1998 y cuenta con concepto de la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para efectos de modificar su planta de personal,
DECRETA:
Artículo 1°.
Suprímense los siguientes cargos vacantes de la Planta de Personal de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales:
N° de cargos Denominación del empleo Nivel Grado 1 (uno) Especialista en Ingresos Públicos I 40 29 2 (dos) Profesional en Ingresos Públicos III 32 26 2 (dos) Profesional en Ingresos Públicos III 32 24 1 (uno) Profesional en Ingresos Públicos II 31 23 15 quince) Profesional en Ingresos Públicos II 31 22 8 (ocho) Profesional en Ingresos Públicos I 30 19 1 (uno) Técnico en Ingresos Públicos IV 28 21 4 (cuatro) Técnico en Ingresos Públicos IV 28 18 5 (cinco) Técnico en Ingresos Públicos IV 28 17 5 (cinco) Técnico en Ingresos Públicos III 27 16 15 quince) Técnico en Ingresos Públicos III 27 15 2 (dos) Técnico en Ingresos Públicos III 27 14 3 (tres) Técnico en Ingresos Públicos II 26 13 9 (nueve) Técnico en Ingresos Públicos II 26 12 5 (cinco) Técnico en Ingresos Públicos II 26 11 1 (uno) Técnico en Ingresos Públicos I 25 10 4 (cuatro) Técnico en Ingresos Públicos I 25 09 2 (dos) Auxiliar III 12 11 1 (uno) Auxiliar III 12 10 1 (uno) Auxiliar III 12 09 6 (seis) Auxiliar III 12 08 1 (uno) Auxiliar II 11 06 9 (nueve) Auxiliar II 11 05 1 (uno) Auxiliar I 10 02
Artículo 2°.
El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica los Decretos 1267 y 1340 de 1999 y demás disposiciones que le sean contrarias.
Afecta la vigencia de: Modifica DECRETO 1267 de 1999 Modifica DECRETO 1340 de 1999 Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 19 de mayo de 2004.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Alberto Carrasquilla Barrera.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, Fernando Antonio Grillo Rubiano.
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