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DECRETO 1580 de 1992

por el cual se aclara el artículo 3º del Decreto 1539 de 1992.

Tipo
DECRETO
Número
1580
Año
1992
Entidad
MINISTERIO DE MINAS Y ENERGIA
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Ministro de Gobierno de la Republica de Colombia, delegatario en funciones Presidenciales en desarrollo del Decreto 1538 de 1992 y en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales,

DECRETA:

Artículo 1°.

Aclárese el artículo 3° del Decreto 1539 de 1992 en el sentido de que el mismo rige a partir de la fecha de su publicación y no de su expedición como erróneamente de indico.

Artículo 2°.

El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 21 de septiembre de 1992.

HUMBERTO DE LA CALLE LOMBANA El Viceministro de Minal y Energía, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Minal y Energía, Federico Renjifo Vélez.

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