DECRETO 1580 de 1992
por el cual se aclara el artículo 3º del Decreto 1539 de 1992.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 1580
- Año
- 1992
- Entidad
- MINISTERIO DE MINAS Y ENERGIA
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Ministro de Gobierno de la Republica de Colombia, delegatario en funciones Presidenciales en desarrollo del Decreto 1538 de 1992 y en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales,
DECRETA:
Artículo 1°.
Aclárese el artículo 3° del Decreto 1539 de 1992 en el sentido de que el mismo rige a partir de la fecha de su publicación y no de su expedición como erróneamente de indico.
Artículo 2°.
El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 21 de septiembre de 1992.
HUMBERTO DE LA CALLE LOMBANA El Viceministro de Minal y Energía, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Minal y Energía, Federico Renjifo Vélez.
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