DECRETO 1579 de 1991
por el cual se revoca una incorporación a la planta de personal del Ministerio de Justicia y se hace una incorporación a la misma.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 1579
- Año
- 1991
- Entidad
- MINISTERIO DE JUSTICIA
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confieren el numeral 5ş del artículo 120 de la Constitución Política, el artículo 81 del Decreto 1950 de 1973 y el artículo 81 del Decreto 1042 de 1978,
CONSIDERANDO:
Que mediarte Decreto 0883 del 3 de abril de 1991 se es la Planta de Personal del Ministerio de Justicia;
Que mediante Decreto 1045 del 19 de abril de 1991 en su artículo primero, se incorporó a la planta de personal establecida por e1 citado Decreto 0883, a la Doctora María Lucrecia Barrera de Ledesma, en el cargo de Profesional Especializado 3010 10 de la Oficina Seccional del Distrito Judicial de Cartagena, de la División de Defensoría Pública de Oficio;
Que la Doctora María Lucrecia Barrera de Ledesma ha manifestado no aceptar tal designación,
DECRETA:
Artículo 1°.
Revócase la incorporación a la Planta de Personal del Ministerio de Justicia, efectuada mediante Decreto 1045 del 19 de abril de 1991, a la Doctora María Lucrecia Barrera de Ledesma, como Profesional Especializado 3010 10 de. la Oficina Seccional del Distrito Judicial de Cartagena, de la División de Defensoría Pública de Oficio del Ministerio de Justicia.
Artículo 2°.
Incorpórase a la Planta de Personal del Ministerio de Justicia, a la Doctora María Lucrecia Barrera de Ledesma, en el cargo de Profesional Especificado 3010 08 de la División Académica de la Dirección General de la Escuela Judicial "Rodrigo Lara Bonilla".
Artículo 3ş El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 20 de Junio de 1991.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO El Ministro de Justicia, Jaime Giraldo Angel,
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