Jurismart

Resolución Reglamentaria 027 de 2016

Resolución Reglamentaria 027 de 2016 Contraloría de Bogotá D.C.

Tipo
Resolución Reglamentaria
Número
027
Año
2016
Fecha
24 de agosto de 2016
Entidad
Contraloría de Bogotá D.C
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

EL CONTRALOR DE BOGOTÁ, D RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA 027 DE 2016 **(Agosto 24)

[Derogada por el Art. 3, Resolución Reglamentaria 038 de 2017 de la Contraloría Distrital.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=73509#3) "Por la cual se adopta el Procedimiento Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano- PAAC” EL CONTRALOR DE BOGOTÁ, D.C. En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas en el artículo 6 del Acuerdo[519](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=50395) de 2012; y**

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el Artículo [269](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125) de la Constitución Política de Colombia, es obligación de las autoridades públicas, diseñar y aplicar en las entidades públicas, métodos y procedimientos de control interno, según la naturaleza de sus funciones, de conformidad con lo que disponga la ley.

Que en atención a lo dispuesto en los literales b) y [l](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=300)) del artículo [4](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=300) de la Ley [87](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=300) de 1993 _“Por la cual se establecen normas para el ejercicio de control interno en las entidades y organismos del Estado y se dictan otras disposiciones”,_ se deben implementar como elementos del sistema de control interno institucional la definición de políticas como guías de acción y procedimientos para la ejecución de procesos, así como, la simplificación y actualización de normas y procedimientos.

Que en cumplimiento del Decreto [943](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=59048) del 21 de mayo de 2014, la Entidad mediante la Resolución Reglamentaria No.[034](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=59995) del 5 de noviembre de 2014 actualizó el Modelo Estándar de Control Interno-MECI en la Contraloría de Bogotá D.C., cuyo objetivo general es proporcionar una estructura que especifique los elementos necesarios para construir y fortalecer el Sistema de Control Interno en las organizaciones obligadas por la Ley [87](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=300) de 1993, a través de un modelo que determine los parámetros de control necesarios para que al interior de las entidades se establezcan acciones, políticas, métodos, procedimientos, mecanismos de prevención, verificación y evaluación en procura del mejoramiento continuo de la Administración Pública.

Que en virtud de lo previsto en el artículo [73](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=43292) de la Ley 1474 de 2011, las entidades del orden nacional, departamental y municipal deberán elaborar anualmente una estrategia de lucha contra la corrupción y de atención al ciudadano.

Que el Decreto No. [124](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=64787) de 2016, _“Por el cual se sustituye el Título 4 de la Parte 1 del Libro 2 del Decreto[1081](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62516) de 2015, relativo al "Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano"_, estableció las metodologías para diseñar y hacer seguimiento a la estrategia de lucha contra la corrupción y de atención al ciudadano y al mapa de riesgos de corrupción, así como, los estándares para la atención de quejas, sugerencias y reclamos de los ciudadanos, y los mecanismos de seguimiento, monitoreo y publicación del Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano y el Mapa de Riesgos de Corrupción.

Que en el artículo [6](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=51049) del Acuerdo No.[519](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=51049) de 2012, por el cual se dictan normas sobre organización y funcionamiento de la Contraloría de Bogotá D.C., se estableció que: _“En ejercicio de su autonomía administrativa le corresponde a la Contraloría de Bogotá D.C, definir todos los aspectos relacionados con el cumplimiento de sus funciones en armonía con los principios consagrados en la Constitución, las leyes y en este Acuerdo”._ Que la Dirección de Planeación, evidenció la necesidad de adoptar el Procedimiento Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano – PAAC, dentro del Proceso de Direccionamiento Estratégico – PDE, con el fin de asegurar el cumplimiento de la normatividad vigente sobre la materia. En mérito de lo anterior,

RESUELVE:

Artículo primero.

Adoptar el siguiente Procedimiento del Proceso de Direccionamiento Estratégico: | No. | Documento | Código | **Versión ---|---|---|--- 1 | Procedimiento Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano – PAAC. | PDE-02 | 1.0

Artículo segundo.

Es responsabilidad de la Alta Dirección (Contralor, Contralor Auxiliar, Directores, Subdirectores, Jefes de Oficina y Gerentes) garantizar, que el Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano – PAAC, sea un instrumento de gestión con contenido estratégico y articulado a la gestión y los objetivos institucionales, así como, generar los lineamientos para su promoción y divulgación al interior y al exterior de la entidad, desarrollar las actividades establecidas, realizar monitoreo y seguimiento a su ejecución.

Artículo tercero.

Es responsabilidad de la Dirección de Planeación gestionar la simplificación, agilización y modernización del Procedimiento que se adopta, para garantizar el mejoramiento de la gestión y del Sistema Integrado de Gestión de la Entidad.

Artículo cuarto.

Es responsabilidad del Contralor, Contralor Auxiliar, Directores, Subdirectores, Jefes de Oficina y Gerentes, velar por la divulgación y cumplimiento del procedimiento adoptado.

Artículo quinto.

La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., a los 24 días de agosto de 2016

JUAN CARLOS GRANADOS BECERRA

Contralor de Bogotá, D.C.

**Publicado en el Registro Distrital No: 5901 de agosto 26 de 2016

¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.

Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.

Preguntar al asistente

Si ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.

También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.

Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.

Documentos relacionados

Preguntar