DECRETO 1553 de 2000
por medio del cual se modifica el término para el registro de colecciones biológicas existentes a la entrada en vigencia del Decreto 309 de febrero 25 de 2000.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 1553
- Año
- 2000
- Entidad
- MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial de lo establecido en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política,
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto 309 del 25 de febrero de 2000 se reglamentó lo relativo a la investigación científica en diversidad biológica;
Que en el capítulo III artículos 12 y siguientes del citado decreto se trata lo relativo al registro de colecciones biológicas;
Que en el artículo 12 del Decreto 309 de 2000 se determina que las colecciones biológicas con fines de investigación científica existentes a la entrada en vigencia del decreto, y las que se organicen posteriormente deberán registrarse ante el Instituto de Investigación de Recursos Biológicos "Alexander von Humboldt" de acuerdo con el procedimiento que establezca el Ministerio del Medio Ambiente;
Que así mismo el citado artículo determina que el término para el registro de colecciones existentes será de seis (6) meses contados a partir de la entrada en vigencia del Decreto 309 de febrero 25 de 2000;
Que de acuerdo a lo anterior el término para efectuar el registro de colecciones biológicas existentes a la entrada en vigencia del Decreto 309 de 2000 vence el día 29 de agosto del presente ańo;
Que teniendo en cuenta que dicho registro se debe realizar de acuerdo con el procedimiento que para tales efectos establezca el Ministerio del Medio Ambiente, el cual hasta la fecha no ha sido expedido; se hace necesario mediante el presente decreto modificar el término previsto por el inciso 2ş del artículo 12 del Decreto 309 de 2000 para el registro de las colecciones biológicas existentes, el cual será de seis (6) meses contados a partir de la fecha de publicación de la resolución que determine el procedimiento para el registro de colecciones biológicas con fines de investigación científica;
Que de acuerdo con lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1ş. Modificar el término previsto por el inciso 2ş del artículo 12 del Decreto 309 de febrero 25 de 2000 para el registro de colecciones biológicas existentes a la entrada en vigencia del citado decreto, el cual será de seis (6) meses contados a partir de la fecha de publicación de la resolución que expida el Ministerio del Medio Ambiente determinando el procedimiento para el registro de las colecciones biológicas con fines de investigación científica.
Afecta la vigencia de: Modifica parcialmente (inciso 2 ) Artículo 12 DECRETO 309 de 2000 Artículo 2ş. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 15 de agosto de 2000.
ANDRES PASTRANA ARANGO El Ministro del Medio Ambiente, Juan Mayr Maldonado.
¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.
Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.
Preguntar al asistenteSi ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.
También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.
Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.