DECRETO 1552 de 1998
por el cual se adiciona el Decreto 1982 de agosto 8 de 1997 y se modifica su artículo 20.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 1552
- Año
- 1998
- Entidad
- MINISTERIO DE TRANSPORTE
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las atribuciones que le confieren el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 1° de Decreto-ley 1689 de 1997,
DECRETA:
Artículo 1°.
El artículo 20 del Decreto 1982 del 27 de junio de 1997, quedará así:
“Inventario de hojas de vida de pensionados. Con el fin de dar cumplimiento al artículo 7° del Decreto 1689 de 1997, el liquidador del Fondo de Pasivo Social de la Empresa Puertos de Colombia, en liquidación, deberá entregar al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, antes del 31 de octubre de 1998 las hojas de vida de los pensionados mediante un sistema de archivo físico que permita su conservación y consulta de acuerdo con las técnicas modernas de archivo existente, tales como microfilmación, técnicas digitales de almacenamiento de documentos y en general la más conveniente para los fines de las entidades usuarias.
Afecta la vigencia de: Modifica Artículo 20 DECRETO 1982 de 1997
Artículo 2°.
El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 4 de agosto de 1998.
ERNESTO SAMPER PIZANO El Ministro de Transporte, Rodrigo Marín Bernal.
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