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Resolución Reglamentaria 022 de 2016

Resolución Reglamentaria 022 de 2016 Contraloría de Bogotá D.C.

Tipo
Resolución Reglamentaria
Número
022
Año
2016
Fecha
14 de julio de 2016
Entidad
Contraloría de Bogotá D.C
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA 022 DE 2016

(Julio 14) [Derogada por el art. 4, Resolución Reglamentaria 022 de 2018.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=76973#4)**

_Por la cual se adoptan las Políticas de Seguridad y Privacidad de la Información en la Contraloría de Bogotá D.C._**

EL CONTRALOR DE BOGOTÁ D.C En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales en especial las conferidas por el Acuerdo 519 del 26 de diciembre de 2012 y, **

CONSIDERANDO:

Que el artículo 2 de la Ley 87 de 1993, “ _Por la cual se establecen normas para el ejercicio de control interno en las entidades y organismos del Estado y se dictan otras disposiciones_ _”_, señala entre otros objetivos fundamentales del diseño y desarrollo del Sistema de Control Interno: a) Proteger los recursos de la Organización, buscando su adecuada administración ante posibles riesgos que los afecten, e) Asegurar la oportunidad y confiabilidad de la información y de sus registros y f) Definir y aplicar medidas para prevenir los riesgos, detectar y corregir las desviaciones que se presenten en la organización y que puedan afectar el logro de sus objetivos.

Que el artículo 4 ibídem contempla, entre otros, los siguientes elementos del Sistema de Control Interno, bajo la responsabilidad de los directivos de la Entidad: la definición de políticas como guías de acción y procedimientos para la ejecución de procesos, así como, la adopción de normas para la protección y utilización racional de los recursos y la simplificación y actualización de normas y procedimientos.

Que la Resolución 305 del 20 de octubre de 2008, expedida por la Comisión Distrital de Sistemas de Bogotá D.C., en el artículo 11 establece el marco legal de las entidades, organismos y órganos de control del Distrito Capital en materia _de las mejores prácticas para el desarrollo e implementación del Sistema de Gestión de Seguridad de la Información, basados en las recomendaciones de normas internacionales y demás normas concordantes, las cuales son de obligatoria observancia por parte de los entes públicos distritales”._ Que en el artículo 16 ibídem se consagra el deber de adoptar políticas de seguridad y custodia de los datos y la información.

Que el artículo 40 del Acuerdo 519 de 2012, expedido por el Concejo de Bogotá D.C., consagra como función de la Dirección de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones de la Contraloría de Bogotá D.C., coordinar la aplicación a todo nivel de la organización de los estándares, buenas prácticas y principios para el manejo de la información.

Que el Decreto 1377 de 2013 reglamenta parcialmente la ley 1581 de 2012 y en su contenido establece el tratamiento de información de datos personales, autorización de uso, políticas de tratamiento, derechos de los titulares y la responsabilidad de los organismos frente al tratamiento de datos personales.

Que mediante la Resolución Reglamentaria No. 006 de 2014 la Contraloría de Bogotá D.C., adoptó la Política de Tratamiento de Datos Personales.

Que la Ley [1712](http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=56882#0) de 2014 expedida por el Congreso de la república, tiene por objeto regular el derecho de acceso a la información pública, los procedimientos para el ejercicio y garantía del derecho y las excepciones a la publicidad de información, y constituye el marco general de la protección del ejercicio del derecho de acceso a la información pública en Colombia.

Que de conformidad con el Decreto Único Reglamentario No. 1078 de 2015, Título 9 Capítulo 1, Sección 2, Artículo 2.2.9.1.2.1 en su numeral 4 define el componente Seguridad y Privacidad de la Información.

Que la resolución No. 070 de 2015 reglamenta el Comité de Seguridad de la Información y Gobierno en Línea- SIGEL de la Contraloría de Bogotá D.C. y que en su Artículo tercero numeral 3 le establece como función la de actualizar y mejorar el Sistema de Gestión de Seguridad de la Información SGSI, en el marco de la Estrategia de Gobierno en Línea al interior de la Contraloría de Bogotá D.C.

Que para el cumplimiento de sus funciones, la Contraloría de Bogotá ha desarrollado e implementado una plataforma tecnológica sobre la cual se registra, procesa, transmite y almacena información mediante los Activos de información que interactúan con la ciudadanía y los funcionarios de la Contraloría y que así mimo, se reconoce que la información que genera es un activo valioso y un bien estratégico para llevar a cabo el cumplimiento de sus funciones y que por lo tanto requiere ser protegida y de un adecuado y seguro manejo de la misma para garantizar un óptimo y oportuno servicio a la ciudadanía y funcionarios de la Contraloría.

Que se hace necesario adoptar las Políticas de Seguridad y Privacidad de la Información para efectos de obligatoriedad en su cumplimiento, la cual forma parte de la documentación que soporta el Sistema Integrado de Gestión – SIG de la Contraloría de Bogotá.

RESUELVE:

Artículo primero.

Adoptar

las Políticas de Seguridad y Privacidad de la Información en la Contraloría de Bogotá D.C., contenida en el documento anexo, el cual hace parte integral de la presente Resolución. [Ver Anexo: Políticas de Seguridad y Privacidad de la Información.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=66755)

Artículo segundo.

El Comité de Seguridad de la Información y Gobierno en Línea- SIGEL será el encargado de realizar la difusión, seguimiento al cumplimiento y actualización de las Políticas de Seguridad y Privacidad de la Información.

Artículo tercero.

Es responsabilidad de los Directores, Subdirectores, Jefes de Oficina y Gerentes velar por la divulgación y aplicación de las POLITICAS DE SEGURIDAD Y PRIVACIDAD DE LA INFORMACION, adoptadas mediante la presente resolución.

Artículo cuarto.

La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D. C. a los 14 días del mes de Julio de 2016 JUAN CARLOS GRANADOS BECERRA Contralor de Bogotá D.C.

Nota: Publicado en el Registro Distrital Nº.5874 de Julio 18 de 2016

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