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DECRETO 1534 de 1994

por el cual se deroga el numeral 4o. del artículo 6o. del Decreto 880 de 1994 que aprobó el programa de venta del Banco de Comercio Exterior Bancoldex

Tipo
DECRETO
Número
1534
Año
1994
Entidad
MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la Rep˙blica de Colombia, en ejercicio de sus facultades legales, en especial de las que le confiere el Decreto 130 de 1976 y el artÝculo 280 y la parte dÚcimo segunda del Estatuto Orgßnico del Sistema Financiero, Decreto 663 de 1993,á áá

CONSIDERANDO:

á áá Que la oferta de las acciones en propiedad fiduciaria del Fondo de GarantÝas de Inversiones -Fogafin en el Banco de Comercio Exterior representa el 11% del capital de la instituciˇn.á áá Que la venta de las acciones correspondientes a este porcentaje no afecta la participaciˇn mayoritaria de la Naciˇn en el Banco de Comercio Exterior.á áá Que como consecuencia de la anterior condiciˇn no existe el riesgo de que terceros traten de aprovechar las condiciones especiales en que se ofrecen dichas acciones a trabajadores, organizaciones de trabajadores y organizaciones solidarias, para adquirir parte sustancial del control del Banco,á áá

DECRETA:

á áá

ArtÝculo 1 ║. Derˇgase el numeral 4║ del artÝculo 6║ del Decreto 880 de 1994.á áá Afecta la vigencia de: Deroga parcialmenteáá (Numeral 4. )á ArtÝculo 6áDECRETO 880 de 1994 ArtÝculo 2 ║. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicaciˇn.á áá PublÝquese y c˙mplase.á áá Dado en SantafÚ de Bogotß, D.C., a 18 de julio de 1994.á áá CESAR GAVIRIA TRUJILL0 á áá El Ministro de Gobierno,á áá Fabio Villegas RamÝrez. á áá El Ministro de Relaciones Exteriores,á áá NoemÝ SanÝn de Rubio. á áá El Ministro de Justicia y del Derecho,á áá AndrÚs Gonzßlez DÝaz. á áá El Ministro de Hacienda y CrÚdito P˙blico,á áá Rudolf Hommes RodrÝguez. á áá El Comandante de la Fuerzas Militares, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Defensa Nacional,á áá Ramˇn Emilio Gil Berm˙dez. á áá El Viceministro de Agricultura, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Agricultura, Santiago Perry Rubio. á áá El Ministro de Trabajo y Seguridad Social,á áá JosÚ ElÝas Melo Acosta. á áá El Viceministro de Salud, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Salud,á áá Eduardo JosÚ Alvarado Santander. á áá El Ministro de Desarrollo Econˇmico,á áá Mauricio Cßrdenas SantamarÝa. á áá El Ministro de Minas y EnergÝa,á áá Guido Nule AmÝn. á áá El Ministro de Comercio Exterior,á áá Juan Manuel Santos Calderˇn á áá El Ministro de Educaciˇn Nacional,á áá Maruja Pachˇn de Villamizar. á áá El Ministro del Medio Ambiente,á áá Manuel Cipriano RodrÝguez Becerra. á áá El Ministro de Comunicaciones,á áá William Jaramillo Gˇmez. á áá El Ministro de Transporte,á áá Jorge Bendeck Olivella. á

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