Jurismart

DECRETO 1533 de 2008

por el cual se modifica el Decreto 4030 de 2006, modificado por el Decreto 1538 de 2007.

Tipo
DECRETO
Número
1533
Año
2008
Entidad
MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las previstas en los numerales 11 y 24 del artículo 189 de la Constitución Política, el inciso 2º del artículo 98 de la Ley 795 de 2003 y el artículo 291 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero,

DECRETA:

Artículo 1º.

Modifícase el inciso 4º del artículo 1º del Decreto 4030 de 2006, el cual quedará así:

"En todo caso, el acuerdo requerirá para su validez del voto favorable de por lo menos el 51% del monto de las acreencias internas".

Afecta la vigencia de: Modifica parcialmente (inciso 4 ) Artículo 1 DECRETO 4030 de 2006

Artículo 2º.

Adiciónase el siguiente parágrafo al artículo 1º del Decreto 4030 de 2006:

"Parágrafo 3º. Cuando el plan de reactivación de la entidad contemple la fusión o la incorporación con otra entidad y este sea aprobado en los términos establecidos en el presente artículo, no será necesario realizar una nueva asamblea para efectos de la aprobación prevista en el artículo 32 de la Ley 79 de 1988, siempre que dicha decisión haya sido adoptada con las mayorías y demás requisitos establecidos en esta última norma".

Afecta la vigencia de: Adiciona (parágrafo 3 ) Artículo 1 DECRETO 4030 de 2006

Artículo 2º.

Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 9 de mayo de 2008.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Oscar Iván Zuluaga Escobar.

¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.

Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.

Preguntar al asistente

Si ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.

También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.

Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.

Documentos relacionados

Preguntar