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DECRETO 1521 de 2005

por el cual se deroga parcialmente el inciso 3° del artículo 9° del Decreto 630 de 1996.

Tipo
DECRETO
Número
1521
Año
2005
Entidad
MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confieren el artículo 189, numeral 11 de la Constitución Política y las Leyes 38 de 1989, 179 de 1994 y 225 de 1995,

DECRETA:

Artículo 1°.

Derógase el inciso 3° del artículo 9° del Decreto 630 de 1996, en lo relacionado con el pago del servicio de la deuda pública interna y externa.

Afecta la vigencia de: Deroga parcialmente (inciso -3 ) Artículo 9 DECRETO 630 de 1996

Artículo 2°.

El presente decreto rige a partir de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 13 de mayo de 2005.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Alberto Carrasquilla Barrera.

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