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Acuerdo Local 002 de 2017

Acuerdo Local 002 de 2017 Junta Administradora Local de Usme

Tipo
Acuerdo Local
Número
002
Año
2017
Fecha
14 de agosto de 2017
Entidad
Junta Administradora Local de Usme
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

ACUERDO LOCAL 002 DE 2017

(Agosto 14)

**_Por el cual se efectúa una Adición al Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del_

_Fondo de Desarrollo Local de Úsme para la vigencia fiscal de 2017_**

LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE ÚSME

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere la Constitución Política en su Art 324, Decreto Ley 1421 de 1993 y el Decreto 372 de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo [38](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#38) del Decreto 372 de 2010, _“Por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local – F.D.L.”, sobre “Distribución de Excedentes Financieros”,_ señala que el CONFIS distribuirá entre las localidades el monto de excedentes financieros determinados por los FDL, teniendo en cuenta las necesidades apremiantes no financiadas.

Que el FDL de Usme a 31 de diciembre de 2016 presentó un monto de excedente de $ 1.228.234.868 Que mediante la Circular CONFIS 02 de 2017, se comunica que en la Sesión No. 03 del 30 y 31 de marzo de 2017, conforme a lo establecido en los artículos [37](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#37) y [38](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#38) del Decreto 372 de 2010, el CONFIS determinó un monto total de $ 60.452.231.233 de Excedentes Financieros generados a 31 de diciembre de 2016 por los FDL, los cuales se destinan $ 50.981.381.673 para las Sedes Administrativas de las Alcaldías Locales de Usaquén, Santa Fe, Tunjuelito y Puente Aranda, $ 2.921.857.843 para la construcción, mantenimiento y adecuación de parques vecinales y de bolsillo, $ 1.007.537.187 para la localidad de La Candelaria que serán utilizados en Malla Vial y espacio público – Mobiliario Urbano, $ 2.015.074.374 para la atención de puntos críticos de residuos sólidos en 12 localidades, incluida Usme $ 3.526.380.156 para la localidad de Ciudad Bolívar en Eventos culturales.

Que en concordancia con lo señalado por el CONFIS, se asignó al FDL de Usme la suma de $ 198.283.318 para la atención de puntos críticos de residuos sólidos.

Que mediante comunicación Nº 2-2017-17747 del 26 de abril de 2017 la Secretaría Distrital de Planeación emitió concepto previo favorable sobre modificación a la inversión. Adición de excedentes financieros. De igual forma y en consonancia con el Artículo 31 Modificaciones Presupuestales del Decreto 372 de 2010, en el numeral 2 Créditos Adicionales, acápite [c)](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#31.l.c) Adición por Excedentes Financieros la adición presupuestal de cada Fondo de Desarrollo Local se hará “mediante Acuerdo de la JAL, de acuerdo con la distribución que efectúe el CONFIS”. En este sentido, mediante la Circular CONFIS 02 de 2017, se comunica que en la Sesión No. 03 del 30 y 31 de marzo de 2017, conforme a lo establecido en los artículos [37](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#37) y [38](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#38) del Decreto 372 de 2010, el CONFIS determinó la distribución de los excedentes financieros obtenidos en la vigencia fiscal 2016. Sobre estas consideraciones la adición de los excedentes financieros a los presupuestos anuales de los Fondos de Desarrollo Local, por parte de las JAL no requiere de conceptos adicionales. Una vez realizada la adición de los excedentes financieros en el presupuesto anual del respectivo Fondo de Desarrollo Local, el Alcalde emitirá el Decreto de incorporación de los recursos adicionados al Proyecto 1415 “Gobernanza y gobernabilidad local en el distrito y la región”, el cual se debe tramitar de conformidad con las normas presupuestales vigentes En mérito de lo anteriormente expuesto,

ACUERDA:

Artículo 1°.

Adicionar el Presupuesto de Ingresos y de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Usme para la Vigencia Fiscal de 2017, conforme al siguiente detalle: | | Código | Concepto | **Valor ---|---|---
2. | Ingresos | 198.283.318 2.4 | Recursos de Capital | 198.283.318 2.4.5 | Excedentes Financieros | 198.283.318 | TOTAL INGRESOS | 198.283.318
3. | Gastos | 198.283.318 3.3 | Inversión | 198.283.318 | TOTAL GASTOS | 198.283.318

Artículo 2°.

El presente Acuerdo Local rige a partir de la fecha de su [publicación.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=71364#0)

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, a los 14 días del mes de agosto del año 2017.

LIDIA ESPERANZA ORTIZ ORTIZ

Presidente Junta Administradora Local

MABEL ANDREA SUA TOLEDO

Secretaria General

Junta Administradora Local

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