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Acuerdo Local 021 de 2017

Acuerdo Local 021 de 2017 Junta Administradora Local de la Candelaria

Tipo
Acuerdo Local
Número
021
Año
2017
Fecha
15 de diciembre de 2017
Entidad
Junta Administradora Local de la Candelaria
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

**ACUERDO LOCAL 021 DE 2017 (Diciembre 15)

_Por medio del cual se aprueba el Presupuesto Anual de Ingresos y de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y 31 de diciembre de 2018._

LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE LA CANDELARIA En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere la Constitución Política de Colombia en su artículo[324](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#324)y el Decreto[372](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252)de 2010.

CONSIDERANDO:

Que el Alcalde Local presentó el proyecto de presupuesto a nivel de agregados para estudio y aprobación de la JAL dentro del término establecido en el artículo [15](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#15) del Decreto 372 de 2010.

Que la Secretaría Distrital de Hacienda mediante comunicación N.º 2017EE275653 de 30 de octubre de 2017, comunicó la Cuota de asignación por un monto de DOCE MIL TRESCIENTOS UN MILLONES CIENTO TREINTA Y TRES MIL PESOS M/CTE ($12.301.133.000,00) para la vigencia.

Que el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal - CONFIS- en su sesión No. 20 de 30 de noviembre de 2017, Circular Confis 03 de 2017 emitió concepto favorable al proyecto de Presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria, el cual asciende a la suma de VEINTICINCO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL PESOS M/CTE. ($25.288.455.000,00), para la vigencia fiscal de 2018.

Que es función de la Junta Administradora Local aprobar el Presupuesto Anual del respectivo Fondo de Desarrollo Local, previo concepto favorable del CONFIS. Que, en mérito de lo anterior,

ACUERDA:

Artículo 1°.

- Fíjense los cómputos del Presupuesto de Ingresos para la vigencia fiscal comprendida en entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2018 por la suma de VEINTICINCO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL PESOS M/CTE. ($25.288.455.000,00), conforme al siguiente detalle: | CÓDIGO | CONCEPTO | VALOR ---|---|--- 1 | DISPONIBILIDAD INICIAL | 12.850.122.000 2 | INGRESOS | 12.438.333.000 2.1 | INGRESOS CORRIENTES | 116.400.000 2.2 | TRANSFERENCIAS | 12.301.133.000 2.4 | RECURSOS DE CAPITAL | 20.800.000 | TOTAL INGRESOS + DISPONIBILIDAD INICIAL | 25.288.455.000

Artículo 2°.

- Fíjense los cómputos del Presupuesto de Gastos del Presupuesto Anual del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2018, por la suma de VEINTICINCO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL PESOS M/CTE. ($25.288.455.000,00),** conforme al siguiente detalle:

CÓDIGO | CONCEPTO | VALOR ---|---|--- 3 | GASTOS | 25.288.455.000 3.1 | FUNCIONAMIENTO | 2.341.506.000 3.3 | INVERSIÓN | 22.946.949.000 4 | TOTAL GASTOS + DISPONIBILIDAD FINAL | 25.288.455.000

Artículo 3°.

-** El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación y surte efecto fiscal a partir del 1º de enero de 2018.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los 15 días del mes de diciembre de 2017.

JUAN CARLOS MAHECHA ROBAYO

Presidente JAL de La Candelaria

NIDYA MILENA ROJAS VANEGAS

Secretaria JAL

EL ALCALDE LOCAL DE LA CANDELARIA, En uso de las facultades legales y en especial de las que le confiere el Decreto Ley 1421 de 1993, artículos [81](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#81) y 89 numerales [primero](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#89.1) y [segundo:](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#89.2) sanciona el presente Acuerdo Local POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA EL PRESUPUESTO ANUAL DE INGRESOS Y DE GASTOS DEL FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE LA CANDELARIA, PARA LA VIGENCIA FISCAL COMPRENDIDA ENTRE EL 1 DE ENERO Y 31 DE DICIEMBRE DE 2018.

Dado en Bogotá, D.C., a los 20 días del mes de diciembre de 2017.

MANUEL AUGUSTO CALDERÓN RAMÍREZ

Alcalde Local de La Candelaria

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