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DECRETO 1512 de 1998

por medio del cual se dictan normas sobre la destinación de recursos de algunas entidades territoriales.

Tipo
DECRETO
Número
1512
Año
1998
Entidad
MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales, en especial de la conferida en el artículo 189, numeral 20 de la Constitución Política,

DECRETA:

Artículo 1°.

Derogar el artículo 4° del Decreto 2447 de 1987.

Afecta la vigencia de: Deroga Artículo 4 DECRETO 2447 de 1987

Artículo 2°.

El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 4 de agosto de 1998.

ERNESTO SAMPER PIZANO.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Antonio J. Urdinola.

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