Concepto 1201716789 de 2017
Concepto 1201716789 de 2017 Contraloría de Bogotá D.C.
- Tipo
- Concepto
- Número
- 1201716789
- Año
- 2017
- Fecha
- 16 de agosto de 2017
- Entidad
- Contraloría de Bogotá D.C
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
“Al rescate de la moral y la ética pública” Señor CESAR AUGUSTO CASTILLO TORRES Representante Legal Entidad Asesora De Gestión Administrativa y Técnica EAGAT Bogotá D.C. **Referencia.
DPC. Oficio 1-2017-16789. Cordial saludo, En relación con su solicitud de información, con la cual requiere aclarar las obligaciones que tendría la entidad Asesora de Gestión Administrativa y técnica frente a la Contraloría Distrital. Para dar respuesta a su consulta, es necesario hacer las siguientes consideraciones: El modelo de control fiscal establecido en el artículo [267](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#267) de la Constitución Política de Colombia, se definió como una función pública, enfocada a la vigilancia a la gestión fiscal de la administración y los particulares que manejen fondos o bienes públicos. Por su parte, la Ley [42](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=289) de 1993, prevé que el control fiscal es una función pública, la cual vigila la gestión fiscal de la administración y de los particulares o entidades que manejen fondos o bienes del Estado en todos sus órdenes y niveles. En ese orden de ideas y teniendo en cuenta lo descrito en el Acuerdo [658](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67734) de 2016 “ _Por el cual se dictan normas de organización y funcionamiento de la Contraloría de Bogotá D.C. se modifica su estructura orgánica e interna, se fijan funciones de sus dependencias, se modifica la planta de personal y se dictan otras disposiciones_ ” se dispone en su artículo 4 Sujetos de Vigilancia la inclusión de aquellas Entidades Públicas y Distritales que administren Bienes o Recursos del Distrito Capital o que tengan origen en el Distrito. Bajo esta premisa, la Entidad Asesora de Gestión Administrativa y Técnica –EAGAT- se enmarca dentro de aquellas entidades referidas en la norma atrás señalada, tal y como lo confirma la Resolución [019](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=69820) del 12 de junio de 2017 “ _Por la cual se agrupan, clasifican y asignan por sectores los sujetos de vigilancia y control fiscal a las Direcciones Sectoriales de Fiscalización de la Contraloría de Bogotá D.C. y se dictan otras disposiciones_ ” en su artículo SEXTO haciendo referencia a las entidades a aquellas entidades sujetos de vigilancia y control Fiscal por parte de la SUBDIRECCION DE FISCALIZACION SALUD. De acuerdo a esta clasificación, la EAGAT será vigilada y controlada fiscalmente por la Subdirección señalada, para lo cual la Entidad deberá atender los requerimientos que dicha dependencia le inste en materia fiscal. Para llevar a cabo las labores encomendadas la EAGAT deberá atender todas las comunicaciones que la Contraloría Distrital emita en relación con el reporte de información en los formatos, aplicativos y plazos impartidos, tales como Circulares, Resoluciones de Rendición de Cuentas, Acuerdos y demás actos que involucren el cumplimiento de funciones en el marco de la vigilancia y en Control Fiscal. Por tanto, todas las actuaciones y las pruebas de auditoría que se practiquen, deben estar enmarcadas en los referidos sistemas de control y enfocadas a la vigilancia de los recursos públicos, a fin de poder determinar al final del procedimiento la eficacia y la eficiencia del sujeto de control, respecto al cumplimiento de sus objetivos misionales, sus planes, programas y proyectos, en el período auditado. JULIÁN DARÍO HENAO CARDONA
Jefe Oficina Asesora Jurídica
¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.
Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.
Preguntar al asistenteSi ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.
También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.
Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.
Documentos relacionados
-
Concepto 7599 de 2026
CONCEPTO 7599 DE 2026 (Julio) Bogotá, D.C., julio de 2026. Honorables Magistrados CORTE CONSTITUCIONAL M.P. PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA Ciudad Expediente: D-…
-
Concepto 7180 de 2023
[1] "Artículo 278. El Procurador General de la Nación ejercerá directamente las siguientes funciones: (…) 5. Rendir concepto en los procesos de control de cons…
-
Concepto 1498 de 2021
MEMORANDO Referencia: OAJ 1200 PARA: ARMANDO CALDERÓN LOAIZA Subdirector de Informática y Sistemas DE: ANGIE JOHANNA REYES TOVAR Jefe Oficina Asesora Jurídica …
-
Concepto 220206904 de 2020
CONCEPTO 220206904 DE 2020 Señor: JAIRO FRANCISCO RODRÍGUEZ POTES Carrera 3 A No. 60-41 Barrio Chapinero Alto Ciudad Asunto: Respuesta a solicitud de concepto …
-
Concepto 3202028621 de 2020
En razón a los efectos generados por la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud producto de la propagación del virus denominado Covid-19, se…