DECRETO 1484 de 1999
por el cual se modifica parcialmente el Decreto 676 de 1999
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 1484
- Año
- 1999
- Entidad
- MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO El Presidente de la República, en uso de sus facultades constitucionales y legales y en especial de las que le confieren el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y los artículos 1ş a 7ş de la Ley 487 del 24 de diciembre de 1998,
DECRETA:
Artículo 1.
ş. Disminución del patrimonio líquido por aportes y acciones en sociedades y por aportes en fondos de pensiones e invalidez. El parágrafo primero del artículo 3ş del Decreto 676 de 1999 quedará así:
Parágrafo 1. ş. Para el cálculo del valor que se deba invertir, se descontará del patrimonio líquido aquella proporción que, dentro del valor total de los bienes y derechos apreciables en dinero poseídos a 31 de diciembre del respectivo ańo, corresponda a los bienes representados en acciones y aportes en sociedades y, tratándose de personas naturales, adicionalmente se descontarán los aportes voluntarios y obligatorios efectuados a los fondos públicos y privados de pensiones de vejez e invalidez que se posean a la misma fecha.
Afecta la vigencia de: Modifica Artículo 3 DECRETO 676 de 1999
Artículo 2.
ş. Vigencia. El presente decreto rige a partir de su publicación.
Publíque se y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 12 de agosto de 1999.
ANDRES PASTRANA ARANGO El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Juan Camilo Restrepo Salazar.
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