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DECRETO 1481 de 2008

por medio del cual se promulga el “Convenio entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la Federación de Rusia sobre Cooperación y Asistencia Mutua entre sus Autoridades Aduaneras”, firmado en Moscú el 28 de abril de 2004.

Tipo
DECRETO
Número
1481
Año
2008
Entidad
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le otorga el artículo 189 numeral 2 de la Constitución Política de Colombia y en cumplimiento de la Ley 7ª de 1944, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 7ª del 30 de noviembre de 1944, en su artículo 1º dispone que los Tratados, Convenios, Convenciones, Acuerdos, Arreglos u otros actos internacionales aprobados por el Congreso, no se considerarán vigentes como leyes internas, mientras no hayan sido perfeccionados por el Gobierno en su carácter de tales, mediante el canje de ratificaciones o el depósito de los instrumentos de ratificación, u otra formalidad equivalente;

Que la misma ley en su artículo segundo ordena la promulgación de los tratados y convenios internacionales una vez sea perfeccionado el vínculo internacional que ligue a Colombia;

Que el Congreso Nacional, mediante la Ley 1120 del 28 de diciembre de 2006, publicada en el Diario Oficial número 46.496 del 29 de diciembre de 2006, aprobó el "Convenio entre el Gobierno de la República deColombia y el Gobierno de la Federación de Rusia sobre Cooperación y Asistencia Mutua entre sus Autoridades Aduaneras", firmado en Moscú el 28 de abril de 2004;

Que la Corte Constitucional, en Sentencia C-718 del 11 de septiembre de 2007, declaró exequible la Ley 1120 del 28 de diciembre de 2006 y el "Convenio entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la Federación de Rusia sobre Cooperación y Asistencia Mutua entre sus AutoridadesAduaneras", firmado en Moscú el 28 de abril de 2004;

Que mediante Nota OAJ.CAT Nº 57971 del 19 de noviembre de 2007 el Gobierno Nacional informó el cumplimiento de los requisitos constitucionales para la entrada en vigor del citado Convenio, y en el mismo sentido lo hizo la Federación Rusa mediante la Nota Verbal Nº 37 del 28 de marzo de 2008. En consecuencia, el citado instrumento internacional entrará en vigor a partir del 28 de abril de 2008 de acuerdo a lo previsto en su artículo 21,

DECRETA:

Artículo 1º.

Promúlgase el "Convenio entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la Federación de Rusia sobre Cooperación y Asistencia Mutua entre sus Autoridades Aduaneras", firmado en Moscú el 28 de abril de 2004;

(Para ser transcrito en este lugar, se adjunta fotocopia del texto del "Convenio entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la Federación de Rusia sobre Cooperación y Asistencia Mutua entre sus Autoridades Aduaneras", firmado en Moscú el 28 de abril de 2004);

Artículo 2º.

El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 6 de mayo de 2008.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ El Ministro de Relaciones Exteriores, Fernando Araújo Perdomo.

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