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Acuerdo Local 082 de 2017

Acuerdo Local 082 de 2017 Junta Administradora Local de San Cristóbal

Tipo
Acuerdo Local
Número
082
Año
2017
Fecha
22 de mayo de 2017
Entidad
Junta Administradora Local de San Cristóbal
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

ACUERDO LOCAL 082 DE 2017

( Mayo 22)

_Por el cual se efectúa una Adición al Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de San Cristóbal para la vigencia fiscal de 2017_

LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE SAN CRISTÓBAL

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere la Constitución Política en su Art 324, Decreto Ley 1421 de 1993 y el Decreto 372 de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo [38](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#38) del Decreto 372 de 2010, _“Por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local – F.D.L.”,_ sobre “Distribución de Excedentes Financieros”, señala que el CONFIS distribuirá entre las localidades el monto de excedentes financieros determinados por los FDL, teniendo en cuenta las necesidades apremiantes no financiadas.

Que el FDL de San Cristóbal a 31 de diciembre de 2016 presentó un monto de excedente de $1.946.335.377.

Que mediante la Circular CONFIS 02 de 2017, se comunica que en la sesión No.03 de abril 06 de 2017, conforme a lo establecido en los artículos [37º](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#37) y [38º](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#38) del Decreto 372 de 2010, el CONFIS determinó un monto total de $60.452.231.233, de Excedentes Financieros generados a 31 de diciembre de 2016 por los FDL, los cuales se destinan $50.981.381.673 para las sedes administrativas de las localidades de Usaquén, Santa Fe, Tunjuelito y Puente Aranda, $2.921.857.843 para la construcción, mantenimiento y adecuación de parques vecinales y de bolsillo en las localidades de Chapinero, y Antonio Nariño, $1.007.537.187 para malla vial y espacio público en la localidad de Candelaria y $2.015.074.374 para atención de puntos críticos de residuos sólidos en las localidades de Chapinero, Santa Fe, San Cristóbal, Usme, Fontibon, Engativa, Barrios Unidos, Teusaquillo, Mártires, Antonio Nariño, Candelaria y Rafael Uribe Uribe.

Que en concordancia con lo señalado por el CONFIS, se asignó al FDL de San Cristóbal la suma de $132.994.909 para atención de puntos críticos de residuos sólidos.

Que mediante comunicación Nº 2-2017-17745 de 26 de abril de 2017 la Secretaría Distrital de Planeación emitió concepto favorable informado que debe adicionarse al “proyecto 1531 Acciones de desarrollo y fortalecimiento institucional”. De igual forma y en consonancia con el Artículo 31 Modificaciones Presupuestales del Decreto 372 de 2010, en el numeral 2 Créditos Adicionales, acápite [c)](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#31.l.c) Adición por Excedentes Financieros la adición presupuestal de cada Fondo de Desarrollo Local se hará “mediante Acuerdo de la JAL, de acuerdo con la distribución que efectúe el CONFIS”. En este sentido, la Circular CONFIS N° 02, del 06 de abril de 2017, comunica que en la sesión N° 03 de los días 30 y 31 de marzo de 2017, conforme a lo establecido en los artículos [37](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#37) y [38](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#38) del Decreto 372 de 2010, el CONFIS determino la distribución de los excedentes financieros obtenidos en la vigencia fiscal 2016. Sobre estas consideraciones la adición de los excedentes financieros a los presupuestos anuales de los Fondos de Desarrollo Local, por parte de las JAL, no requiere de conceptos adicionales. Una vez realizada la adición de los excedentes financieros en el presupuesto anual del respectivo Fondo de Desarrollo Local, el Alcalde emitirá el Decreto de incorporación de los recursos adicionados al Proyecto 1531 “Acciones de Desarrollo y fortalecimiento Institucional”, este proyecto se encuentra incluido en el ordinal IV del eje Transversal “Gobierno Legítimo y Eficiente” del Plan de Desarrollo Local 2017 – 2020, en el Programa 1 “Gobernanza e Influencia Distrital Regional, Nacional e Internacional, el cual se debe tramitar de conformidad con las normas presupuestales vigentes. En mérito de lo anteriormente expuesto,

ACUERDA:

Artículo 1°.

Adicionar el Presupuesto de Ingresos y de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de San Cristóbal para la Vigencia Fiscal de 2017, conforme al siguiente detalle: | Código | Concepto | Valor ---|---|--- 2 | Ingresos | 132.994.909 2.4 | Recursos de Capital | 132.994.909 2.4.5 | Excedentes Financieros | 132.994.909**

| TOTAL INGRESOS | 132.994.909 3 | Gastos | 132.994.909 3.3 | Inversión | 132.994.909 | TOTAL GASTOS | 132.994.909 Artículo 2°: El presente Acuerdo Local rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá D.C., a los 22 días del mes de mayo del año 2017

GUILLERMO ANTONIO VELANDIA NIÑO

Presidente Junta Administradora Local

GLORIA CONCEPCIÓN CASTILLO PRIETO

Edil Ponente

JUAN CARLOS TRIANA RUBIANO

Edil Ponente

Sanción del Acuerdo por el Alcalde Local de San Cristóbal el día 24 de mayo de 2017

JOSÉ IGNACIO GUTIÉRREZ BOLÍVAR

Alcalde Local de San Cristóbal

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