Concepto 5863 de 2017
Concepto 5863 de 2017 Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público - Dadep
- Tipo
- Concepto
- Número
- 5863
- Año
- 2017
- Fecha
- 22 de febrero de 2017
- Entidad
- Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público - Dadep
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
Bogotá D.C, 22-02-2017 110-OAJ CONCEPTO PARA: CLAUDIA GALVIS SÁCHEZ Subdirectora de Administración Inmobiliaria y del Espacio Público **DE:
PEDRO RAMÍREZ JARAMILLO Jefe Oficina Asesora Jurídica ASUNTO**: Concepto sobre la viabilidad para instalar cafés en el espacio público administrado por particulares en ejecución de contratos de administración, mantenimiento y aprovechamiento económico del espacio público (CAMEP´s)
REFERENCIA: 20173040018911 del 14–02– 17 FECHA: Febrero 22 de 2017 ____________________________________________________________________ _LA CONSULTA_ Su Despacho formuló consulta según la cual solicita que esta Oficina Asesora Jurídica emita concepto jurídico sobre la viabilidad de que Asosandiego instale de manera directa un café en el Parque Bicentenario, con base en el contrato de administración, mantenimiento y aprovechamiento económico celebrado o debe hacerse mediante licitación pública, con base en el artículo [20](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=54978#20) del Decreto 456 de 2013. _COMPETENCIA DEL DADEP_ __ El Departamento Administrativo de la Defensoría Del Espacio Público - DADEP, sin perjuicio de otras funciones, en materia de bienes inmuebles del Distrito Capital de Bogotá, con fundamento en lo previsto por el literal a) del artículo 6º del Acuerdo 018 de 1999 aprobado por el Concejo de Bogotá, se encarga de ejercer la administración, directa o indirectamente, de todos los bienes inmuebles del nivel central del Distrito Capital. No obstante lo anterior, los inmuebles en donde funcionen las entidades del nivel central del Distrito Capital serán administrados directamente por las mismas, previa firma del acta respectiva. Al interior de la entidad, a la Subdirección Administración Inmobiliaria y del Espacio Público, de conformidad con el artículo 8 del Decreto Distrital 138 de 2002 expedido por el Alcalde Mayor de Bogotá, le corresponde desarrollar las siguientes funciones: (…) 5. Administrar directamente o a través de terceros los bienes inmuebles del nivel central del Distrito Capital. Lo anterior sin perjuicio de otras competencias y funciones asignadas al DADEP en el POT de Bogotá (Decreto Distrital [190](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=13935) de 2004), en los Decretos Distritales [138](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4962) de 2002, [456](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=54978) de 2013, etc., entre otras normas distritales. _ANÁLISIS - CONCEPTO JURÍDICO_ El DADEP celebró el contrato de administración, mantenimiento y aprovechamiento económico (CAMEP) No. 110-129-139-0-2013 con la Asociación Gremial Cívica Centro Internacional San Diego (Asosandiego) de fecha 5 de julio de 2013, después de adelantarse un proceso de selección objetiva: Proceso DADEP-SMINC-110-03-2013 (selección de mínima cuantía). El referido contrato estatal CAMEP No. 110-129-139-0-2013, hasta la fecha ha tenido 3 modificaciones. Mediante la Modificación No. 3 al referido contrato de fecha 22 de septiembre de 2016, el DADEP le entregó a Asosandiego a título de administración, mantenimiento y aprovechamiento económico el Parque Metropolitano Bicentenario ubicado en la localidad de Santa Fe. De acuerdo con la consulta, ahora Asosandiego (contratista del DADEP) tiene la intención de instalar de manera directa un café, es decir un(os) módulo(s) de expendio de café y comestibles, en el Parque Metropolitano Bicentenario con el fin de contribuir a la “activación” del mismo, de tal suerte que haga del sitio un espacio público atractivo, y por ende, sostenible financieramente y en cuanto a su mantenimiento, custodia, vigilancia, etc. En concepto de esta Oficina Asesora Jurídica, cuando la entidad en el año 2013 adelantó el proceso de selección objetiva: Proceso DADEP-SMINC-110-03-2013 (selección de mínima cuantía), cuyo proponente ganador y aceptado fue Asosandiego se cumplió la exigencia normativa prevista en el artículo [20](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=54978#20) del Decreto Distrital 456 de 2013 (Marco Regulatorio del Aprovechamiento Económico del Espacio Público), es decir, ya la entidad cumplió lo prescrito por la norma distrital. En consecuencia, sí es viable jurídicamente que Asosandiego instale directamente o contrate con un tercero la instalación del café, es decir un(os) módulo(s) de expendio de café y comestibles, por cuanto: 1) Todo ello tiene como fundamento jurídico el contrato estatal: contrato CAMEP No. 110-129-139-0-2013, y 2) justamente este tipo de actividades son las que encajan o se encuadran dentro de la figura jurídica del aprovechamiento económico del espacio público autorizados por la entidad contratante DADEP. Ahora bien, el DADEP representado por intermedio del supervisor del referido contrato estatal debe de manera previa autorizar a Asosandiego la instalación directa o el tercero que pretende instalar el o los módulos de café, también se deben aprobar los diseños de esos módulos, etc., dado que van a ser intervenciones físicas que se van a realizar en el espacio público de la ciudad, y por ende, el DADEP como autoridad distrital en materia de espacio público, de acuerdo con sus funciones establecidas en el Acuerdo 018 de 1999, debe aprobarlas / autorizarlas (por ejemplo mediante un Acta de Reunión o mediante un oficio escrito que obre en la carpeta contractual respectiva). Para la instalación del referido expendio de café y comestibles no se debe utilizar la figura de los “ _eventos temporales del espacio público_ ” regulados en las normas distritales vigentes, dada la vocación de permanencia – aunque no definitiva – de dichos módulos en el Parque Metropolitano Bicentenario. De otra parte, los ingresos y egresos financieros que se generen con la puesta en marcha del o de los módulos de café en el Parque Metropolitano Bicentenario deben ser aprobados, contabilizados, vigilados, etc., por el Supervisor del contrato CAMEP No. 110-129-139-0-2013 y finalmente entrar en la liquidación del respectivo contrato cuando éste concluya (ver concepto 20161101093833 del 21 de septiembre de 2016 de esta Oficina Asesora Jurídica). Por último, de acuerdo con la línea conceptual de esta Oficina Asesora Jurídica trazada en varios conceptos jurídicos, entre ellos los conceptos radicados No. 2015EE12011 del 25 de septiembre de 2015 y 20161101093833 del 21 de septiembre de 2016, se cita lo pertinente de este último: _“(…)_ __ _4. La esencia, el fin último que se pretende lograr con la_ _suscripción de los contratos de administración, mantenimiento y aprovechamiento económico del espacio público es la sostenibilidad física, económica y social de los espacios públicos, a través de la administración y el aprovechamiento económico de los mismos._ __ _“5.__La ejecución de los contratos de administración, mantenimiento y aprovechamiento económico de espacio público, es supervisada en todos sus aspectos legales, técnicos y financieros por un grupo interdisciplinario de profesionales de la entidad, quienes vigilan el cumplimiento de las obligaciones establecidas en cada uno de esos vínculos jurídicos._____ _“6. En cuanto a los requisitos técnicos y aspectos sustanciales de los_ _contratos de administración, mantenimiento y aprovechamiento económico de espacio público que se celebran en Bogotá D.C., se debe cumplir lo señalado por el artículo 19.1 del Decreto Distrital 456 de 2013 (Marco Regulatorio del Aprovechamiento Económico del Espacio Público en Bogotá D.C.).”_ __ Atentamente, PEDRO ALBERTO RAMÍREZ JARAMILLO Jefe Oficina Asesora Jurídica | Proyectó: | Giovanni Herrera Carrascal ---|--- Revisó y Aprobó: | Pedro Alberto Ramírez Jaramillo | |
¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.
Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.
Preguntar al asistenteSi ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.
También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.
Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.
Documentos relacionados
-
Concepto 7599 de 2026
CONCEPTO 7599 DE 2026 (Julio) Bogotá, D.C., julio de 2026. Honorables Magistrados CORTE CONSTITUCIONAL M.P. PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA Ciudad Expediente: D-…
-
Concepto 7180 de 2023
[1] "Artículo 278. El Procurador General de la Nación ejercerá directamente las siguientes funciones: (…) 5. Rendir concepto en los procesos de control de cons…
-
Concepto 1498 de 2021
MEMORANDO Referencia: OAJ 1200 PARA: ARMANDO CALDERÓN LOAIZA Subdirector de Informática y Sistemas DE: ANGIE JOHANNA REYES TOVAR Jefe Oficina Asesora Jurídica …
-
Concepto 220206904 de 2020
CONCEPTO 220206904 DE 2020 Señor: JAIRO FRANCISCO RODRÍGUEZ POTES Carrera 3 A No. 60-41 Barrio Chapinero Alto Ciudad Asunto: Respuesta a solicitud de concepto …
-
Concepto 3202028621 de 2020
En razón a los efectos generados por la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud producto de la propagación del virus denominado Covid-19, se…